viernes, 26 de julio de 2013

GUSTAVO INZAURRALDE, EL ÑATO.

GUSTAVO INZAURRALDE, EL ÑATO.
(Material escrito por Raúl Olivera para el 20 de julio de 2013)


1.- MAESTRO DE MAESTROS.

El próximo 20 de julio, frente a lo que fue el domicilio en la Argentina de Gustavo Edison Inzaurralde Melgar, se colocara una placa recordatorio. Se trata de una de las tantas formas de rescatar la memoria de este luchador social, desaparecido cuando tenía 35 años de edad.
Gustavo, el próximo 4 de Agosto cumpliría 71 años. Nació en la ciudad de Minas en el Departamento de Lavalleja del Uruguay. Hijo de Alberto Inzaurralde y Pura Melgar. Mientras cursaba sus estudios de Magisterio, fue un activo integrante de la Asociación de Estudiantes de Magisterio. Una vez que se recibió de maestro, se desempeñó a nivel del sistema educativo público y privado, desarrollando actividad gremial desde la Federación Uruguaya de Magisterio filial de la Convención Nacional de Trabajadores (CNT). Formó en sus últimos años en la Argentina, pareja con la ciudadana argentina María del Carmen Posse Merino, con quien tuvo una hija.

En 1970 también trabajó en tareas administrativas en la Fabrica Uruguaya de Neumáticos (Funsa). Su militancia política la realizó en la Federación Anarquista Uruguaya, la Resistencia Obrero Estudiantil, la OPR 33 y el Partido por la Victoria del Pueblo.A partir de su actividad docente, contribuyó como uno de los principales protagonistas a la creación de una nueva conciencia en varias generaciones de maestros acerca de lo que debe ser la labor magisterial en el Uruguay.

De su influencia, cientos de maestros y maestras uruguayas graduados posteriormente a 1966, testimonian sobre el ejemplo y las ideas desarrolladas por Gustavo, que lo convirtieron en el animador de una transformación en la mentalidad de los estudiantes del Instituto Normal. Desde su actividad gremial en ese Instituto, lideró el enfrentamiento en la Asociación de Estudiantes Magisteriales de Montevideo, a los autos denominados “estudiantes demócratas” que con el apoyo de algunos docentes desarrollaban una clara prédica vinculada a la ideología fascista. La labor consecuente y firme de esas nuevas camadas de estudiantes formada al influjo de Gustavo Inzaurralde, permitió derrotar aquellas predicas.. Las generaciones que comprendieron que la realidad del Uruguay, les reclamaba un compromiso con los sectores del pueblo, oprimidos, explotados y amenazados por un oscuro futuro, darán por esos años continuidad a la labor iniciada por Gustavo.A partir de ello, se instalo entre los estudiantes de magisterio y los nuevos maestros, una idea que orientaría posteriormente por algún tiempo su acción en las clases, en las relaciones con los otros maestros; y con los padres de los alumnos: Esa idea que también encarnaría la labor magisterial de Elena Quinteros, de Telba Juárez, de María Emilia Islas, de Yamandú González, de Miriam Ceballos, de Lilian Celiberti, de Sara Méndez, y tantos otros, consistía en no ser maestros al servicio del privilegio, ser maestros al servicio del pueblo.

Ese desafío de los estudiantes y maestros, rebelándose contra ese estatu quo existente que pretendía que fueran instrumentos del sometimiento ideológico y cultural del pueblo, fue un crisol en el que se forjo una generación de luchadores sociales. Para esa generación, la labor docente solo podía ser concebida, construida con la verdad, sin claudicar que denunciaba la situación de un país que estaba siendo llevado al abismo por les intereses nacionales vendidos a los monopolios y el imperialismo.

Ese compromiso asumido plenamente por Gustavo, le significó terminar varias veces en la cárcel y el apaleamiento en las calles montevideanas, por marchar al frente de las movilizaciones de la Asociación de Estudiantes Magisteriales, reclamando un presupuesto digno y adecuado para atender las necesidades de una autentica formación de los maestros.

En las movilizaciones del 68 uruguayo, Gustavo fue torturado en la seccional décima de la policía de Montevideo, donde debieron dejarlo en libertad al no poder probarle ningún delito. En 1970, es nuevamente es detenido y esta vez es procesado por presunta colaboración con la OPR33 y es encarcelado durante 4 meses en el Penal de Punta Carretas. De allí, cuando deben otorgarle la libertad judicial, es retenido por Medidas de Seguridad en una instalación militar de la Armada en Punta Yeguas durante dos meses. Realizando entonces, la “opción Constitucional”, para salir del país.

2.- LA EXPERIENCIA CHILENA.

Expulsado de su país, es recibido por el Chile de Salvador Allende. Allí, se emplea en una fábrica que construía viviendas pre fabricadas y en un Programas del gobierno chileno de educación de adultos. Desde ese estrecho vinculo con la sociedad chilena, vivió la agitación política desatada a partir del triunfo de la Unidad Popular, y como no podía ser de otra manera se vinculó al sindicato y las organizaciones de base de la Unidad Popular.
Esa experiencia, lo llevó a replantearse muchos aspectos de su línea política y consecuentemente con ello, aspectos importantes de la propia línea política de la corriente política libertaria a la que por tantos años integraba. Esos replanteos giraban fundamentalmente en torno a la experiencia de la unidad de la izquierda en el Uruguay a partir de la creación del Frente Amplio. Sacó como conclusión que había sido un error el haberse marginado de la experiencia unitaria de la izquierda que diera origen al Frente Amplio. Esa conclusión la defendió en el Congreso fundacional del PVP en 1975.
Poco antes del golpe de Estado contra la Unidad Popular, Gustavo se traslada a la Argentina donde se radica legalmente.

3.-LA CONTINUIDAD POR “REENGANCHE”.

En su libro “Memorias de la resistencia”, Hugo Cores relata que en 1973 y después, en los años de luchas y reorganización que siguieron se dio un fenómeno de continuidad. Ese fenómeno consistía en que algunos compañeros producto de la represión, quedaban un tiempo “fuera de juego”, pero que sin embargo, después de un tiempo en las cárceles, salían y se reincorporaban otra vez a la vida política.Esos compañeros, sostiene Cores, después de haber sido en la mayoría de los casos, salvajemente torturados, se reintegraban a sus compromisos políticos anteriores y eran los que sostenían la estructura partidaria, por ejemplo, en Argentina durante el proceso de fundación del PVP.Dentro de esa nómina se cuenta a Gustavo, a Elena Quinteros, a Telba Juárez, a Alberto Mechoso y Roger Julien, todos ellos desaparecidos o asesinados.Según Cores, el haber cumplido esos ciclos, los dotó de una experiencia y una formación singular que les dio la serenidad y la sangre fría que demostraron tener muchos de ellos, en 1976, ya con la represión sangrienta instalada en Orletti.


4.-EN LA ARGENTINA.

Una vez en Argentina, Gustavo se acoge a la ley de Amnistía dictada por el entonces Presidente Juan Domingo Perón para todos los refugiados políticos de los países vecinos, pasando a tener radicación y residencia permanente en aquel país.En dicho país, desde la llegada de los primeros compañeros de la FAU, la OPR•y la ROE a fines del 73, se había iniciado un proceso de reorganización política. Una parte del activo militante, pese a la dictadura, se mantenía en Uruguay, y otra parte importante en Buenos Aires, donde fundamentalmente se dedicaba a la producción de documentos políticos y de denuncia activa contra la dictadura.
La dirección política de lo que posteriormente sería el Partido por la Victoria del Pueblo que se constituyó en la Argentina con Roger Julien, Alberto Mechoso, Mauricio, Gerardo Gatti y Hugo Cores, integro a Gustavo a su llegada de Chile. El 2 de julio de 1974, Gustavo participa en una actividad de oposición a la dictadura uruguaya, organizada por el Comité de Uruguayos Residentes “19 de Abril”. Allí, en la calle Méjico al 3000, junto a otros 105 uruguayos, es detenido y procesado por contravención a_ las disposiciones legales sobre extranjeros vigentes en ese momento. Es recluido por espacio de 15 días en la cárcel de Devoto. En opinión de Cores, Gustavo traía la experiencia reciente de la lucha política previa al golpe de Pinochet. Había aprendido de la rica experiencia chilena y era un expositor claro y paciente. En 1975 participo de la fundación del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP), en la Argentina. Cuando se iniciaban los trabajos previos a la fundación del PVP, Gustavo elabora y entrega para discutir un trabajo titulado “El cuadro táctico”, con este acápite de Antonio Gramsci: “Crear una nueva cultura no significa sólo hacer individualmente descubrimientos “originales”; significa, también, y especialmente, difundir críticamente verdades ya descubiertas, “socializarlas”, por así decirlo, y convertirlas, por tanto, en base de acciones vitales, en elemento de coordinación y del orden intelectual y moral. El que una masa de hombres sea llevada a pensar coherentemente y de modo unitario el presente real es un hecho “filosófico” mucho más importante y “original” que el redescubrimiento, por parte de algún “genio” filosófico, de una nueva verdad que se mantenga dentro del patrimonio de pequeños grupos intelectuales

5.-EL CÓNDOR.

En momentos en que el PVP se aprestaba a poner en práctica las definiciones de su Congreso y se incorporaban a sus filas una parte importante de integrantes de los exiliados uruguayos en Argentina, el 25 de noviembre de 1975, se realiza en Chile una reunión de los servicios de seguridad de los países del Cono Sur, en la que participan integrantes de la dictadura uruguaya. En ella con el fundamento de que la denominada “subversión” con “concepciones políticas – económicas que son fundamentalmente contrarias a la historia, a la filosofía, a la religión y a las costumbres propias de los países de nuestro hemisferio” y que los distintos gobierno “están combatiendo solos o cuando más con entendimientos bilaterales o simples acuerdos de caballeros”, resuelven crear “una coordinación eficaz que permita un intercambio oportuno de informaciones…”.
Cuando en 1976 se desata en Buenos Aires la feroz persecución contra los militantes del Partido por la Victoria del Pueblo y otros sectores opositores a la dictadura uruguaya, Gustavo logra escapar a los primeros asesinatos y secuestros.
En Argentina, los militares uruguayos con la estrecha colaboración de la dictadura argentina, orquestaron una operación de aniquilamiento del PVP. Sabían que con ello, también golpearían fuertemente a la actividad de la CNT en Buenos Aires. La dictadura sabía que la represión ejercida en el Uruguay había obligado a que miles de uruguayos que integraban los cuadros más experimentados y aguerridos de la oposición se trasladaran al vecino país, algunos manteniéndose en la clandestinidad y otros actuando legalmente. Sobre toda esa colectividad los aparatos de seguridad pusieron sus miras y para ello no fueron un límite las fronteras para que un importante destacamento de militares uruguayos se trasladaran a Argentina, donde a partir de febrero de 1976, con el nombramiento del general Otto Paladino como jefe de la Secretaría de Informaciones del Estado (SIDE), se intensifica una coordinación represiva entre los distintos servicios de seguridad. El Cóndor se instala en los cielos del Plata y el Cono Sur. Según Nilson Cezar Mariano, “Inspirados en el portentoso cóndor –ave de rapiña que domina los cielos de América del Sur agitando sus alas a seis mil metros de altura – los países del cono sur montaron secretamente una especie de “mercosur del terror” para eliminar a los adversarios de los regímenes milutares que gobernaban a Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay en la década de los 70 y principios de los 80. Con la llamada Operación Cóndor fueron derribadas las fronteras geográficas y políticas para que el terror pudiese circular sin pasaporte”.

Un diario londinense The Guardian, por esos días escribía en sus paginas que “los activistas capaces de agrupar e inspirar al pueblo a la resistencia contra los militares que tomaron el poder en los años 70 eran sacados del medio uno tras otro, en una operación similar a la ‘operación Fénix’ orquestada por la CIA para eliminar a activistas vietnamitas”.

Uno de los primeros ensayos de la coordinación represiva ya se había cumplido en el año 1974, en una operación que se desarrolló varias etapas. Primero la publicidad de supuestos planes para atentar contra Bordaberry, Perón y José López Rega, que justificaron el comienzo de una segunda etapa de allanamientos y detenciones de ciudadanos argentinos y uruguayos. El 24 de febrero es detenido el uruguayo Antonio Viana y es trasladado al Uruguay, al igual que Carlos Rodriguez Coronel, otro uruguayo detenido el 15 de abril de ese mismo año.

En ese marco también son son secuestrados en Argentina los uruguayos Daniel Banfi, Guillermo Jabif y Luis Latronica, cuyos cuerpos aparecen después acribillados a balazos. Y aparecen posteriormente en Uruguay los cadáveres de Floreal García, Héctor Brum, María de los Ángeles Corbo, Graciela Estefanel y Mirtha Hernández, secuestrados en Argentina y desaparece el niño Amaral García Hernández.A partir de marzo de 1976, con la instalación del centro clandestino de detención conocido como “Automotoras Orletti”, los militares uruguayos cuentan con una base de operaciones desde la cual se desarrollará uno de los capítulos más negros de las operaciones del Plan Cóndor. El 28 de marzo, efectivos de la prefectura marítima del puerto de Colonia detienen a tres integrantes del PVP - Ricardo Gil, Luis Ferreira y Élida Vázquez -, que ingresaban a Uruguay intentando introducir propaganda antidictatorial.

El 5 de abril de 1976 empiezan a desarrollarse acciones de las fuerzas represivas uruguayas sobre los exiliados en Argentina vinculados al PVP. En ese marco es secuestrado y desaparece Ary Cabrera Prates de su domicilio en la provincia de Buenos Aires. Telba Juarez que había estudiado magisterio con Gustavo fue secuestrada junto a Eduardo Chizzola en Buenos Aires, dos días después, el 19 de abril, aparece muerta de cuatro balazos en el pecho y uno en la cabeza en el barrio de Barracas. De Eduardo no se tendrá noticias y continuará desaparecido hasta el año 2003, cuando se ubica un expediente judicial que documenta su asesinato.

El 8 de mayo se produce un sorpresivo viaje del canciller de la dictadura, Juan Carlos Blanco, a Argentina para mantener una reunión con el contralmirante Cesar Guzzeti. Ese viaje, según denunciara el senador Zelmar Michelini, tenía por objeto realizar gestiones para lograr que Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz y Wilson Ferreira Aldunate se alejaran de Argentina.En los primeros días de mayo son secuestrados en Capital Federal los uruguayos Rosario Barredo y Williams Whitelaw junto a sus tres hijos. El mismo día también es secuestrado Hugo Gomensoro, cuando realizaba trámites ante la Dirección Nacional de Migraciones en Argentina, y tres días después, oficiales argentinos y uruguayos secuestran a Blanca Rodríguez de Bessio. Ambos siguen desaparecidos.

El 18 de mayo son secuestrados Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz. Al otro día, es secuestrado Manuel Liberoff, quien permanece aun desaparecido.El 20 de mayo son asesinados los legisladores Michelini y Gutiérrez Ruiz y el matrimonio Whitelaw-Barredo. Al otro día aparecen sus cuerpos dentro de un vehículo en la intersección de las calles Perito Moreno y Dellepiane.El 22 de mayo, cuando Juan Raúl Ferreira regresaba a su domicilio en Argentina, es avisado de que lo esperaban policías armados, por lo que la familia de Wilson Ferreira Aldunate se refugia en una representación diplomática.

El 9 de junio es secuestro de Gerardo Gatti, en un departamento en el barrio de Núñez, en Buenos Aires, desde donde el PVP coordinaba sus actividades en Argentina. Ese día es también detenida Pilar Nores, otra integrante del PVP que trabajaba junto a Gatti en el apartamento.Luego de una breve estadía en las dependencias de la Policía Federal donde es terriblemente torturado, Gerardo es trasladado a Orletti. A partir de ese momento pasa a ser utilizado en una operación de extorsión por parte de los integrantes uruguayos del Servicio de Información y Defensa (SID), el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (ocoa), y los servicios de seguridad argentinos. Para eso, en la madrugada del 13 de junio secuestran a Washington Francisco Pérez Rossini, un conocido sindicalista uruguayo, quien ser á conducido en reiteradas oportunidades a Orletti a los efectos de hacerlo participar como intermediario obligado entre los militares y el PVP.

En tanto, en Uruguay es secuestrada Elena Quinteros el 26 de junio. El 1º de julio secuestran a Enrique Rodríguez Martínez, el 9 Cecilia Gayoso y Mónica Soliño. Torturados primero en dependencias de la Policía Federal Argentina, son posteriormente trasladarlas a Automotoras Orletti.
En la noche del 13 y las primeras horas del 14, son secuestrados Margarita Michelini, Raúl Altuna, Ana Inés Quadros, Eduardo Dean, Víctor Lubian, Marta Petrides; Sergio López Burgos, León Duarte,; Enrique Rodríguez Larreta, Raquel Nogueira, José Félix Díaz, Laura Anzalone, Ana María Salvo, Ariel Soto, Elba Rama, Gastón Zina, Edelweis Zhan y Alicia Cadenas. Todos son llevados a Orletti.A últimas horas del 13 de julio la represión llega a la casa donde vivían Sara Méndez , su hijo Simón, de 20 días, Asilú Maceiro y Mauricio Gatti, que en ese momento no estaba allí. Sara y Asilú son interrogadas, torturadas y luego también conducidas a Orletti. El bebé queda en poder de los militares. Mauricio Gatti posteriormente logra salir de Argentina y exiliarse en Europa.Esta operación coordinada en la que participaron los servicios de seguridad argentino y uruguayo dejó, entre otros, el saldo de la desaparición de dos niños que se encontraban en los hogares asaltados. Los niños correrán distinta suerte. En tanto Simón continuará desaparecido durante casi 26 años, Ernesto Anzalone es recuperado poco tiempo después.

Después de esa primera tanda de la represión contra el PVP, en la que secuestran a León Duarte, Gerardo Gatti se instala una dirección de emergencia a la que se incorporó Gustavo junto a Alberto Mechoso y Jorge Zaffaroni. Esa nueva dirección, redacta un largo documento, analizando la grave situación en el que si bien se reconocen graves errores anteriores, en el llamado “informe de agosto”, mantienen el llamado a la lucha y a permanecer en la Argentina.
Según Cores, Gustavo y los integrantes de la dirección estaban convencidos que los secuestrados en junio y julio del 76, estaban muertos y en función de ello concluían que el golpe sufrido, había sido grave en cantidad y calidad, pues cerca del 50% de los militantes que habían participantes en el Congreso de fundación del PVP, de la casi totalidad” no se ha logrado saber ningún detalle, ni en qué estado se hallan, ni dónde se encuentran, ni si están muertos o vivos. En otros casos, su muerte está confirmada.”

Y concluye Cores: “sin embargo, no fueron aquellas tandas de presos los que, en su mayoría, desaparecerían definitivamente, sino los otros, los que a fines de agosto estaban en libertad, empezando por la propia dirección de emergencia”.El 16 de julio, mientras en Orletti torturaban a los uruguayos detenidos, María del Pilar Nores, en poder de los militares uruguayos desde junio, es trasladada a una casa que funcionaba como cárcel clandestina en el barrio Punta Gorda, en Montevideo..El 22 de julio, detienen a más militantes del pvp, en Montevideo. El 25 por la noche, 24 de los uruguayos secuestrados en Orletti son trasladados clandestinamente a Uruguay. Al otro día hay más detenciones de gente del pvp en Montevideo.

El 22 de agosto los prisioneros de la cárcel de Punta Gorda son trasladados a la sede del SID, en Bulevar Artigas y Palmar. Allí se les obliga a decidir: o aceptan ser mostrados públicamente como detenidos en Uruguay o, de lo contrario volverán a Argentina, donde su destino será la muerte.
Los prisioneros aceptan aparecer como detenidos en Uruguay. Los militares proyectan mostrar a la opinión pública la existencia de un plan de invasión al país, que sería neutralizado por las fuerzas armadas, apresando en una casa de un balneario uruguayo y en hoteles céntricos de Montevideo, a los supuestos invasores. Todo eso como parte de una operación destinada a neutralizar una discusión que se desarrollaba en el Congreso estadounidense para la aprobación de la enmienda Koch, y una campaña electoral del Partido Demócrata que manifestaba en su una especial preocupación por las dictaduras del Cono Sur y sus violaciones a los derechos humanos.

La eventual suspensión de la ayuda militar estadounidense a Uruguay, según lo dictadura uruguaya, podía ser evitada, si se convencía a la administración norteamericana de que el Uruguay no sólo era amenazado por la subversión comunista, sino que ésta se hacia realidad con esa fingida operación de una invasión armada.Los uruguayos secuestrados en Argentina en julio correrán una suerte distinta a lo que posteriormente será norma: secuestros, traslados clandestinos al Uruguay y posterior desaparición. Factores determinantes en el destino de ese primer grupo de secuestrados en Argentina, fueron además de evitar las consecuencias económicas y políticas de la aprobación de la enmienda Koch, el asilamiento internacional creciente por la reciente ruptura de relaciones con Venezuela por el secuestro de Elena Quinteros y las denuncias efectuadas a raíz de los asesinatos de Zelmar Michelini y Gutiérrez Ruiz.
Desde su cautiverio en la sede del sid, los prisioneros del PVP siguen a través de las conversaciones que escuchan los preparativos de otra ola de secuestros de integrantes de PVP que tendrá lugar en agosto, setiembre y octubre en la Argentina.

Secuestran a Mario Cruz Bonfiglio,Walner Bentancourt, Miguel Morales von Pieverling, Josefina Keim Lledo de Morales, Juan Pablo Errandonea, Raúl Tejera, Cecilia Trías, Washington Cram, Ruben Prieto, Rafael Lezama, Miguel Ángel Moreno, Carlos Rodríguez Mercader, Casimira Carretero, Segundo Chejenian, Graciela Martínez de Chejenian, Bernardo Arnone y Juan Pablo Recagno.Un desenlace especial tuvieron algunos casos de las familias secuestradas. Roger Julien, Victoria Grisonas y sus hijos Anatole, de 4 años, y Victoria, de 18 meses, desaparecen luego del operativo en el que se los secuestra.

Alberto Mechoso y Adalberto Soba son secuestrados y desaparecen, pero las esposas de ambos junto con sus hijos son trasladadas a Montevideo, y son conducidas a la casa de Punta Gorda, donde permanecerán allí hasta la finalización de los operativos en Buenos Aires. Ambas familias son liberadas posteriormente. Por su parte, Jorge Zaffaroni, María Emilia Islas y la hija de ambos, Mariana, son secuestrados y desaparecen. La niña es apropiada por el agente del sid Miguel Ángel Furci.Beatriz Barboza y Javier Peralta son conducidos a Orletti y obligados a viajar posteriormente a Montevideo. A su llegada son detenidos y procesados.Álvaro Nores, es secuestrado y trasladado por a Uruguay, a la cárcel clandestina de Bulevar Artigas y Palmar, donde permanece hasta su liberación, meses después.Con el secuestro de Washington Queiro, el 4 de octubre, terminan las acciones del año 1976 en Argentina contra el PVP.

En este marco donde la persecución alcanza a la mayoría de los militantes de su organización política, Gustavo logra que su compañera, María del Carmen Posse embarazada, viaje a Suecia protegida por el gobierno de aquel país. Las gestiones realizadas desde Europa, logran que Suecia también le otorgue asilo a él también. Gustavo, permanecía aún en la Argentina al frente de la diezmada dirección del PVP, y son infructuosas las gestiones de María del Carmen Posse para comunicarle que él también puede viajar a Suecia.Gustavo y otros compañeros del PVP, empiezan a movilizarse para salir hacia Europa por sus propios medios. La situación en Argentina se le hace insostenible, la presencia en la Argentina de numerosos efectivos policiales y militares uruguayos augura la continuidad de la acción del Plan Cóndor.


6.- PARAGUAY. EL ESFUERZO FINAL.

Gustavo y su compañero Nelson Santana se dirigen a Paraguay con el objeto de proveerse allí de documentación que permita el traslado a Europa de ellos y otros militantes del PVP que aun permanecían en la región.Luego de las desapariciones de Setiembre y octubre del 76, Gustavo era el único sobreviviente de la dirección de emergencia, del PVP. Como principal dirigente en la región, se negó a refugiarse en algún país europeo, como lr recomendaban otros compañeros que ya se encontraban en Europa. Se puso sobre sus espaldas la tarea de intentar avanzar en el relevamiento de las posibilidades de instalar bases de trabajo político en la región, y junto con otros sobrevivientes, enviar a Uruguay materiales de propaganda denunciando el secuestro de los compañeros y convocar a mantener la resistencia.Entre octubre, noviembre y diciembre del 76, organizó varios viajes al sur de Brasil, y hacia las zonas limítrofes con Argentina y Uruguay. En Brasil, En Brasil se contacta con algunos integrantes del P.V.P que habían logrado escapar a la represión que en Montevideo se había producido y que había tenido como resultado la detención de varios militantes y el secuestro de Elena Quinteros de la Embajada de Venezuela.

Esas tareas y el repliegue de compañeros hacia Europa, tornaban indispensable dotarse de nuevos pasaportes, cédulas de identidad porque los que se había usado hasta ese momento había caído en manos de la represión, y eso los hacía riesgosos para utilizarlos en la región.Gustavo exploró algunos datos que venían de algunos amigos peronistas, entre ellos el padre de José Luis Nell Tacci, que se encontraba en Paraguay. Asia allí viajó, con un documento falso argentino a nombre de Abraham Vega. Ingresa el 20 de marzo de 1977 por Puerto Stroessner, mientras que Nelson Santana, un joven trabajador de FUNSA, también militante del PVP, bajo la documentación de Jorge Eugenio Monti, ingresa un día despues, por Puerto Falcón.

Ambos se alojan en el Hotel Stella de Italia ubicado en las calles Cerro Cora y Estados Unidos de la ciudad de Asunción, donde aprovechando los vínculos que Inzaurralde tenía con militantes peronistas argentinos y probablemente con militantes de la oposición a la dictadura de Strossner lograr, la documentación buscada. La inminente visita a Asunción por esos días del dictador Rafael Videla a su par paraguayo Alfredo Stroessner, habían profundizado las medidas de control en aquel país.

En ese marco, el 28 de marzo el Edecán Naval Capitan Osorio logra a través de una mujer la información de que la ex esposa de un militar paraguayo estaba gestionando a cambio de dinero, documentos para unos argentinos.A partir de esa información la policía paraguaya procede a la detención de la ex esposa del militar Nilda León Saniego, de Inzaurralde, Santana y de los ciudadanos argentinos José Nell, Alejandro Logoluso y Marta Landi de Logoluso, el día 29 de marzo de 1977.

El 31 de marzo de 1977, a las 10 de la mañana ante el Jefe del Tercer Departamento de Investigaciones de la Policía de la capital paraguaya Pastor Milciades Coronel, comparece Gustavo Inazurralde para responder sobre sus actividades “subversivas” en Uruguay, Paraguay y otros países. Por su parte, el 6 de abril de 1977 a las 10 de la mañana comparece Nelson Santana para responder sobre iguales actividades.
Los días 5 y 6 de abril de 1977 en la Dirección de Investigaciones de la Policía de Asunción, se realiza una reunión en la que participan además de personal de la Dirección de Investigaciones de la Policía, integrantes de la Jefatura del Departamento II de Inteligencia del Ejército y personal del Servicio de Inteligencia de la República Oriental del Uruguay. Según el testimonio de otro detenido en las mismas dependencias de la policía paraguaya, Inzaurralde y Santana fueron torturas en los primeros días en la Dirección de Vigilancia y Delitos. Posteriormente fueron llevados a la Jefatura de Investigaciones de la Policía de Asunción, donde hasta su traslado permanecían esposados, sentados en sillas y mirando a la pared. En las noches eran encerrados en la misma celda junto a los otros detenidos a los efectos de la vigilancia.El Coronel uruguayo Carlos Calcagno, entregara a la policía paraguaya variada documentación entre los que estaban los antecedentes de Inzaurralde y Santana y variada información sobre la FAU-ROE-OPR 33 y el PVP.
El 16 de mayo de 1977 en un avión de la Armada argentina con matricula del Comandante de la Armada Eduardo Massera, piloteado por el Capitán de Corbeta D´Imperio, trasladan a Gustavo Inazurralde , Nelson Santana , y los argentinos José Nell, Alejandro Logoluso y Dora Marta Landi con destino a la Argentina. Los prisioneros fueron entregados a los agentes de la SIDE José Montenegro y Juan Manuel Berret. El testimonio brindado por Jaime Burgos Valdivia, identifica como responsables en Paraguay de la detención y la entrega de los prisioneros a los represores argentinos y uruguayos, a las siguientes personas: Comisario Jefe de la Jefatura de Investigaciones Alberto Cantero; Jefe de Policía Pastor Milciades Coronel; Ministro de Gobierno Augusto Cesar Montanaro; Oficial 2º de Investigaciones Juan Ramón Caballero; Sub Comisario de Orden Público Federico Galeano Baruja; Oficial 2º de Investigaciones Carmelo Ignacio Baez.


7.- LAS DENUNCIAS DE SU DESAPARICIÓN.

Conocida la situación ocurrida en Paraguay, comienza una intensa campaña de denuncias y reclamos por su desaparición y la de Nelson Santana. Entre ellas las de su compañera María del Carmen Posse ante el Arzobispo de Asunción Monseñor Ismael Rolón, quien el 5 de octubre de 1977, le responde que había hecho “las averiguaciones pertinentes, y de acuerdo a las informaciones, verídicas o no, llegamos a esta noticia: el joven Gustavo Edison Inzaurralde Melgar, uruguayo, fue trasladado, con otros detenidos por la policía paraguaya, en un avión militar argentino, a Bs. As. y de ahí a Montevideo, él solo”.Ante esa información las denuncias se dirigen ante la Organización de Estados Americanos para que dicho organismo realice una intervención ante las autoridades paraguayas; y otros organismos internacionales.Para ese entonces, había nacido su hija Paula de cuyo nacimiento Gustavo nunca llegó a saber. Las autoridades del Paraguay niegan toda información y la dictadura uruguaya por parte de la Oficina de Prensa de las Fuerzas Conjuntas emite un comunicado requiriendo la captura de Gustavo.El 30 de noviembre de 1977, Amnistía Internacional cursa nota al Dr. Dante Sabini, Presidente de la Suprema Corte de Justicia, dando cuenta que cuando Gustavo Inzaurralde llevaba ya dos meses en territorio uruguayo a donde había sido trasladado desde Paraguay, el gobierno uruguayo solicitaba la captura del mismo. Por esa razón y ante la negativa de las autoridades uruguayas de brindar información, Amnistía Internacional solicita a las autoridades uruguayas que interpongan las acciones que legalmente haya lugar o que permitan que una misión internacional visite Uruguay con el objetivo de investigar y esclarecer en forma definitiva la situación.


8.- EL CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN “CLUB ATLÉTICO”.

El Club Atlético fue uno de los Centros Clandestinos de Detención y Tortura instalados en la Ciudad de Buenos Aires.. Funcionó desde principios hasta fines de 1977 en el sótano de un edificio de tres plantas, ubicado en la Av. Paseo Colón entre Cochabamba y San Juan de propiedad de una dependencia de la Policía Federal. Los prisioneros eran conducidos a dicho centro clandestino en vehículos particulares con los ojos vendados. Al llegar eran llevados violentamente por una escalera pequeña a un lugar subterráneo, sin ventilación, donde se les quitaban todos sus efectos personales, se les ponían grilletes y pasaban a ser identificados mediante una letra y un número y eran interrogación con tortura.

El centro tenía dos secciones de celdas, que estaban enfrentadas en un pasillo estrecho, y contaba con tres salas de tortura, baños, y un lugar denominado la “leonera” donde se concentraban a los prisioneros, una enfermería, la sala de guardia y tres celdas individuales. El lugar tenía una capacidad para albergar a unas doscientas personas y, según refieren testimonios por allí habrían pasado entre 1500 y 1800 personas.
Una o dos veces al mes una veintena de detenidos eran trasladados con un destino incierto. El grupo represor integrado por fuerzas de seguridad, especialmente de la Policía Federal, y que actuaba en contacto con otros Centros clandestinos operaba fundamentalmente en Capital Federal y Gran Buenos Aires. A fines de los ’70 el edificio fue demolido para la construcción de la Autopista 25 de Mayo.

Ricardo Peidro, un argentino es detenido en su domicilio en la noche del 10 de mayo de 1977, y lo conducen al Centro Clandestino de detención conocido como “Club Atlético, dónde es ubicado solo en una de las celdas. En dicho lugar, para ir al baño, lo que ocurría una vez al día solamente, los carceleros los hacían hacer una fila india. El 25 de mayo, fiesta patria argentina, los obligaron a participar en una suerte de acto patriótico, donde se cantó el himno argentino. Al otro día, en la madrugada, sacan a un grupo grande de detenidos a los golpes. Les dicen que serán trasladados a una cárcel legal, la cárcel de Sierra Chica, por lo que los que supuestamente saldrían de ese infierno y serían legalizados, se despiden cantando y tocando la guitarra. Con seguridad, esas personas pasaron a engrosar la nómina de los miles de desaparecidos. Ese mismo día, llevan a la celda de Peidros, a Gustavo Inzaurralde. Ricardo Peidro, declara que estando detenido Inzaurralde le había dicho que “estaban esperando a los militares uruguayos para interrogarlo o decidir sobre su destino”.

Al otro día, en la noche del 27 de mayo, a Peidros lo sacan de la celda, lo conducen al garaje y lo suben a un automóvil, en el que lo llevan hasta la esquina de su domicilio, donde lo liberan.El 21 de julio de ese mismo año, en Uruguay, la Oficina de Prensa de las Fuerzas Conjuntas de emite un comunicado requiriendo la captura de Gustavo Inzaurralde.


9.- LOS ARCHIVOS DEL TERROR.

En agosto de 1989, en un intento de esclarecer el destino de Gustavo y Nelson, los hermanos de Gustavo presentan ante el Fiscal de Crimen del Paraguay, una solicitud para que se presente ante un juzgado de crimen la denuncia sobre la desaparición de Gustavo Inzaurralde. Dicha denuncia finalmente sería presentada ante el Juez Agustin Fernández. El descubrimiento de los archivos del terror de la dictadura paragaya, darían un vuelco al cerco de silencio tendido sobre la desaparición de los dos militantes del PVP.

Luis Alonso un integrante de American Watch, envía el 28 de enero de 1993 un fax a Juan Méndez en Washington, con el expreso pedido que su contenido fuera puesto en conocimiento del entonces diputado uruguayo Hugo Cores. El fax, comenzaba así: “Saltó la liebre! Fue encontrado entre los archivos del Departamento deInvestigaciones (policía política Stronista) un informe interno fechado el 9/4/77 que hace referencia al interrogatorio del ciudadano uruguayo Gustavo Edison Inzaurralde Melgar (actualmente desaparecido) en el que participaron”. Y A continuascion da los nombres de todos ellos, incluido el Mayor del ejercito uruguayo Carlos Calcagno.

Pocos días después, el 2 de febrero, Luis Alonso en un fax a Hugo Cores le da cuenta de la aparición en la prensa paraguaya del testimonio del ex preso político paraguayo Cesar Baez Samaniego, quien afirma haber visto y hablado con Gustavo cuando se encontraba en poder de la policía paraguaya. Para ese entonces, uno de los participantes en los interrogatorios de Gustavo, el Gral retirado Benito Guanes, ya había sido detenido a raíz de los crímenes descubiertos en los archivos del terror.

El 3 de febrero, en un comunicado publico, el PVP denuncia: Se comprobó que Gustavo Inzaurralde y Nelson Santana fueron detenidos e interrogados en tierra guarani hecho que había sido siempre negado oficialmente. Aclararon en Paraguay las circunstancias de la desaparición de dos uruguayos durante la dictadura. Los documentos hallados por la justicia paraguaya, difundidos por un comunicado del PVP, involucran también al mayor uruguayo Carlos Calcagno como participante en los interrogatorios en Asunción. Inzaurralde y Santana desaparecieron en 1977, luego de ser expatriados en avión hacia nuestro país, de acuerdo con las denuncias de las organizaciones de derechos humanos.

Documentos hallados por la justicia paraguaya en una dependencia policial de ese país han comprobado las denuncias sobre la detención en Paraguay en 1977 de dos ciudadanos uruguayos, inmediatamente antes de su desaparición.Las denuncias de las organizaciones de derechos humanos de nuestro país, nunca aceptadas oficialmente por las autoridades, señalaban que ambos fueron embarcados en avión a Uruguay luego de su detención. A partir de ese momento todas las pistas se pierden para siempre. Uno de los documentos secretos menciona también a un oficial del ejército uruguayo, el mayor Carlos Calcagno, como participante en los interrogatorios de los dos detenidos, integrando un “equipo de trabajo” multinacional formado en la policía política del régimen de Stroessner.

Se establece en él que en los documentos hasta ahora secretos del Departamento de Investigaciones en poder del juez paraguayo Agustin Fernández, cuyo contenido llegó a manos de la organización de Derechos Humanos América’s Watch, hay pruebas de la detención en tierras guaraníes de Gustavo Inzaurralde y Nelson Santana, previo a su desaparición, en marzo de 1977. Uno de los documentos secretos, fechado el 9 de abril de l977 y dirigido a Pastor Coronel ex jefe del Departamento de Investigaciones (policía política del régimen de Stroessner), actualmente detenido y procesado en Asunción por varios casos de asesinatos y torturas, que es reproducido en el comunicado del PVP, señala textualmente:

Tengo el honor de dirigirme a esa superioridad, con el objeto de elevar a su conocimiento el resumen de las actividades del equipo de trabajo que se constituyó en esta Dirección, los días 5, 6 y 7 de los corrientes, integrado por el coronel Benito Guanes y el teniente coronel Galo Escobar, del II Dpto. del E.M.G., teniente 1º Ángel Spada y sargento Juan Carlos Camicha, de la Jefatura de Área 234; José Montenegro y Alejandro Spada, del SIDE, ambos de la República Argentina y el mayor Carlos Calcagno del Servicio de Inteligencia del Ejército del Uruguay, con relación a los procedimientos efectuados últimamente por esa Jefatura”.

Interrogados minuciosamente cada uno de los detenidos, no aportaron mayormente datos nuevos a los ya conocidos, y que en su oponunidad esa Jefatura ya elevara a la superioridad”. “Lo rescatable del interrogatorio a que fue sometido Gustavo Edison Inzaurralde Melgar, es que actúa dentro del Instituto de Historia, agrupación ideológica y doctrinaria del Partido por la Victoria del Pueblo del Uruguay, pudiendo determinarse que presumiblemente el declarante es el máximo dirigente subversivo del PVP que aún permanece en Sudamérica, ya que los demás al parecer en su totalidad se trasladaron a Europa donde también él pensó viajar, para recibir documentos uruguayos e intentar una nueva infiltración clandestina a su país”.
Los datos surgidos de los archivos secretos de la policía política de Stroessner vienen a confirmar informaciones que en años anteriores se habían recogido, provenientes del arsobispo de Asunción, Ismael Rolón, así cómo de los ciudadanos argentinos Luis NeIly Maria Landi y el boliviano Jaime Burgos”, señala el comunicado del PVP.

Dichas informaciones, que daban cuenta que ambos ciudadanos uruguayos habían sido detenidos en Asunción y luego embarcados en un avión hacia Uruguay, fueron sistemáticamente negadas o ignoradas por las dictaduras de la época.
Asimismo, añade el comunicado, “aparece el oficial uruguayo Carlos Calcagno como directamente involucrado en el operativo que culminó con la desaparición de ambos jóvenes, oficial denunciado ante la justicia uruguaya por graves violaciones a los derechos humanos en nuestro país”.
El 8 de febrero, nuevamente los hermanos de Gustavo, esta vez acompañados de Aurora Scotto la madre de Nelson Santana viajan a Paraguay a radicar nueva querella penal sobre el caso.

Un día después, un nuevo Fax de Luis Alonso le informa que luego de la visita que la organización American Watch realizara a Paraguay, habían aparecido nuevas evidencias sobre el caso. Entre ellas los datos precisos de la aeronave que realizo el traslado de los uruguayos y otros argentinos, rumbo a la Argentina.

“Asuución, 9 de febrero do 1993
Diputado Hugo Cores:

Tras la visita de la delegación de AMERIC.AS WATCH -y en parte a raíz de la misma - surgieron nuevas evidencias acerca del caso de Santana Scotto y de Inzaurralde Melgar. Revisando los documentos incautados del archivo de la policía política estronista, fue hallado un libro de “extranjeros” (detenidos de origen extranjero), donde aparecen los cinco detenidos en el mismo caso: José Nell, Alejandro José Logoluso, Dora Marta Landi, Nelson Santana Scotto y Gustavo Edison Insaurralde. Por otra parte, ha aparecido un informe interno de la policía política, firmado por Pastor Coronel (ex jefe del. Departamento de Investigaciones), que en un párrafo dice lo siguiente:

NELSON SANTANA ESCOTTO, GUSTAVO EDISON. INXZAURRALDE, DORA MARTA LANDI, JOSE LUIS NELL y ALEJANDRO LOGOLUSO, fueron enviados a la ciudad de Buenos Aires (R.A.), en fecha 16 de mayo de 1977, en un avi6n Bi –reactor de la Armada Argentina con matrícula 5-7-30-0653.(transcripci6n literal del párrafo).

Además tenemos en este momento testimonios de ex presos políticos paraguayos que vieron con vida a Inzaurralde y Santana en el Departamento de Investigaciones, en abril de 1977 (uno de los testigos vive en Asunci6 y está dispuesto a declarar antes las instancias que sean necesarias).
Le ruego que me avise - vía fax – si decide viajar a Asunci6n, y el día de llegada. De ese modo podré avisar al mencionado testigo para que pueda conversar con usted durante su visita a Paraguay. Toda la documentaci6n a la que hago referencia en esta carta se encuentra en el Juzgado del magistrado José Agustín Fernández, quien procedió a incautar los archivos de la política stronista. Saludos desde Asunción Luis Alonso”.

El 18 de febrero, mientras continuaban las detenciones de militares y policías puestos al descubierto por los archivos del terror, Hugo Cores se entrevistaba con el Juez y el Fiscal General: Según declaraba Cores, “los militares paraguayos pensaron que habían creado el tercer Reich de los trópicos”.

10.- LA IMPUNIDAD ORIENTAL.

El traslado de los ciudadanos argentino que acompañaron la odisea de Gustavo y Santana, origino en la Argentina acciones judiciales que en el 2001 parecieron qque podían poner fin a la impunidad de Calcagno que gozaba de los amparos de la ley de caducidad y las generosas interpretaciones del gobierno de Jorge Batlle. La justicia de la Argentina cursó al Uruguay un exhorto para que le fuera tomada a Calcagno una declaración testimonial de Calcagno. El 14 de noviembre de 2001, el juez ordeno al Ministerio de Defensa citar al militar a su juzgado, pero Calcagno, no se presento.
El 20 de noviembre, el ministro de Defensa Nacional Luis Brezzo le dio al juez las explicaciones por la no comparecencia del militar. Según el Ministro Brezzo “no correspondería diligenciar” su pedido de ubicar e interrogar a Calcagno “en virtud de afectar necesariamente con ello, principios generales y normas de orden público internacional de la República Oriental del Uruguay”.

Tras el desacato de Brezzo, el pedido argentino pasó a la Corte Suprema de Justicia uruguaya, donde se le agregaron constancias administrativas y fue devuelto al juzgado donde se le sumaron una veintena de folios y paso adormir el sueño de los justos.  La absoluta falta de colaboración internacional del Uruguay se fundo en las argumentaciones de Brezzo quien interpretó el concepto de “orden público internacional” que , según él, se nutre elementos de “un ámbito privativo de la individualidad y la seguridad de los Estados”. Por lo que concluye que hay “normas y principios esenciales del ordenamiento jurídico del Uruguay” que se ven “ofendidos en forma concreta, grave y manifiesta”. El ministro también cita la ley 15.848, por la cual caducó la pretensión punitiva del Estado, una suerte de combinación entre las leyes de Punto Final y Obediencia Debida sancionadas en la década del 80 en la Argentina. En la causa que se instruia en los tribunales federales porteños, por la cual se pretendió tener las declaraciones de Calcagno como testigo, se investigaba la desaparición en la Argentina de cinco detenidos en el Paraguay –dos uruguayos y tres argentinos- que fueron trasladados en un avión de la marina argentina. La causa 1461, caratulada “Logoluso, Alejandro y otros – Privación Ilegítima de la Libertad”, era instruída el juez Galeano, se anexó posteriormente a la causa más general donde se investigan múltiples violaciones a los derechos humanos en el marco del Plan Cóndor.

11.- LA HORA DE LA JUSTICIA EN URUGUAY

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El 16 de setiembre de 2010, a raíz de una denuncia radicada por sus hermanos y el PIT/CNT, el Mayor Carlos Calcagno es procesado por la jueza penal de 7mo Turno, Dra. Mariana Mota, quién dispuso el enjuiciamiento con prisión del militar, como coautor de dos delitos de desaparición forzada en reiteración real, pese a que este niega que haya participado en la privación de libertad de Inzaurralde y de Santana y por consiguiente tampoco en la desaparición de éstos. Admite que fue efectivamente a Paraguay entre los días 5 a 7 de abril de 1977 en funciones de coordinación de inteligencia y a fines de poder establecer el destino de la bandera de los treinta y tres hurtada por el grupo subversivo del que Inzaurralde y Santana formaban parte. Niega que haya participado en el interrogatorio y la posible tortura de los prenombrados. Sin embargo la Magistrada, para disponer su procesamiento sostiene que el viaje de Calcagno a Paraguay fue porque Inzaurralde y Santana se hallaban presos y para aportar elementos para el interrogatorio de ellos y en función a la información que se obtuviera definir el destino de los dos uruguayos. Que la intervención del militar uruguayo en Paraguayas se explica como una actividad de coordinación en el marco del Plan Cóndor, de cuya existencia, función y participación de diversos países latinoamericanos ya no es posible negar dada la abundante prueba que se ha reunido en numerosos expedientes judiciales, tanto en Uruguay como en los demás países involucrados ( Argentina, Chile, Paraguay), así como la admisión y detalle de su funcionamiento que varios militares de la época han dado del referido plan coordinador. Ese plan acordado entre los diversos gobiernos permitió intercambiar información, pero también detenidos, todo ello regido por un único y común objetivo; la llamada lucha antisubversiva que se propusieron llevar adelante los regímenes militares imperantes en los diversos países. Este plan, su propósito y su forma de actuar no se puede negar. Que en ese marco operacional, Uruguay participaba activamente, principalmente con Argentina pero también con los demás países, en este caso con Paraguay. Que la actividad que Calcagno desplegó de acuerdo a lo pautado y en función a la finalidad perseguida por el acuerdo internacional mencionado, fue esencial porque, entre los detenidos, se encontraban los dos uruguayos, Inzaurralde y Santana.Y que ellos no eran simples opositores, meros ciudadanos descontentos con la conducción política del momento sino que, eran activos militantes de grupos opositores, declarados ilegales y cuyos integrantes eran perseguidos. Sostiene la justicia uruguaya que la suerte corrida por ellos no fue una situación aislada en el desarrollo de las investigaciones y el ejercicio de las funciones que en ese tiempo desplegaban las fuerzas armadas. Que las conclusiones a que se debe arribar, es que el proceder de las fuerzas de seguridad de la dictadura eran parte de algo orgánicamente estructurado. En ese momento era el propio Estado – en la persona de los integrantes de las fuerzas armadas que dirigían el país- quienes decidieron la suerte de los dos uruguayos. La respuesta de su destino final la tiene en consecuencia los representantes estatales de la época y ello es de conocimiento de Carlos Calcagno, como parte integrante de ese Estado. A la fecha del procesamiento, Calcagno se encontraba detenido administrativamente con motivo del trámite de extradición solicitada por Paraguay. Recientemente Calcagno fallece, sin que la justicia lo condenara. Gustavo y Nelson siguen desaparecidos.

lunes, 29 de abril de 2013

UN 1º DE MAYO TAMBIEN CONTRA LA IMPUNIDAD

UN 1º DE MAYO TAMBIEN CONTRA LA IMPUNIDAD.


Raúl Olivera Alfaro.

29/04/2013

Es importante, que como se viene haciendo históricamente, el PITCNT haya incluido en su proclama del día de los trabajadores, también el reclamo de VERDAD, JUSTICIA Y NUNCA MÁS TERRORISMO DE ESTADO. En un movimiento sindical como el PIT/CNT, en el que se acumulan experiencias de diversas generaciones de trabajadores, es muy importante su opinión sobre esta problemática a la que se ha querido confinar fuera de las preocupaciones de la mayoría de la ciudadanía.

Muchos de los trabajadores organizados en torno al PIT/CNT, por razones generacionales, no vivieron las experiencias de la lucha contra la dictadura, y en menor medida los desafíos de una transición democrática con impunidad. Sin embargo, levantan sin excepciones junto a las generaciones que vivieron en carne propia las consecuencias del terrorismo de estado, las banderas de Verdad, Justicia y Nunca Más terrorismo de estado. Lo hacen con la modestia de los que viven de su trabajo y la firmeza de quienes se saben continuadores de una cultura obrera que se fraguó en la solidaridad y el sacrificio, No sienten la necesidad de recurrir a su identidad de origen, a su historia – mas allá de no haberla vivido -,para reproducirse hacia un presente que sea garantía de su futuro.

Como trabajadores organizados sienten que tienen la obligación- de la misma manera que lo hacen en otros temas- de ubicar adecuadamente la realidad en la que se encuentran y desde allí, captar la individualidad del desafío democrático que tienen planteado hoy y mañana en torno a cómo se resuelven los desafíos del pasado reciente. Resolución que tiene la particularidad, de la existencia de un gobierno progresista al frente del Estado al que sin duda la mayoría de ellos votaron.

Al igual que en otros temas, el movimiento sindical ha tenido el valor y la honestidad política de reflexionar sin ataduras, sobre cuáles son los objetivos que se planteó realmente llevar a cabo el gobierno progresista, con relación a la lucha contra la impunidad. Se preguntó, ¿porqué se tardo tanto en llevar a cabo- cuando se pudo y se debió hacerlo mucho antes -, iniciativas que terminan realmente con la impunidad como lo obligaba su programa y las obligaciones internacionales?

El movimiento sindical, visualiza con claridad el nuevo escenario que se instalo en el Uruguay a partir de la condena al Estado uruguayo por parte de la Corte IDH. Es conciente que en esa sentencia, se condensó el esfuerzo prolongado de sectores políticos y sociales de la sociedad uruguaya comprometidos en la lucha por Verdad, justicia y el nunca más. Y saben, que esos avances se encuentran amenazados, a partir de un pensamiento retrogrado enquistado en las cúspides del Poder Judicial.

Sin minimizar lo que eso significa, sin duda desde las tribunas de este nuevo 1º de mayo, se convocará a continuar sumando esfuerzos para que el resultado de la luchas contra la impunidad, contra la erradicación definitiva y radical de ese pensamiento antidemocrático y retrogrado que desanda los avances dados por la humanidad contra toda manifestación del autoritarismo estatal, siga siendo el resultado colectivo de acumulación del movimiento popular en el largo proceso que se inició hace 40 años –un 27 de junio del 73 -,desafiando a la dictadura.

Ese proceso, pese a los avances que sin duda hemos logrado, está aun inconcluso y es un compromiso con las generaciones futuras, concluirlo, cerrarlo con Verdad y Justicia.

No nos tiembla la mano el escribir, que la llegada al gobierno de la izquierda, es un elemento importantísimo del nuevo escenario de la lucha contra la impunidad. Tampoco nos debe temblar la mano para concluir, que el cabal cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH en el caso Gelman, obligó al gobierno progresista, a asumir un rol no querido por algunos de las fuerzas políticas que lo integran. Eso no es ninguna novedad.

Pese a las vacilaciones y los zizageos y las recordadas manifestaciones de importantes figuras del primer gobierno de la izquierda que aseguraron “que ningún militar iba a ir preso”, se tuvo la capacidad de dar igualmente las batallas necesarias a todos los niveles. Batallas que culminaron con la cárcel de varios terroristas de Estado, demostrando que la supuesta contradicción entre ganar el gobierno y afectar intereses poderosos alineados en las distintas variantes de las políticas de impunidad que transitó el Uruguay, era parte de una concepción política que no incorporó la totalidad de los elementos del escenario político, para ordenar adecuadamente sus comportamientos políticos.

Al igual que consignamos esto, también afirmamos enfáticamente que no aspiramos a derrotar la impunidad y al mismo tiempo, derrotar al gobierno. No sentimos una especial aversión a lograr acuerdos con quien sea, si de ellos se avanza en la construcción de programas a corto, mediano o largo plazo, con los que se pueda construir una autentica cultura de respecto de todos los derechos humanos, donde las políticas publicas de los gobiernos juegan un papel importantísimo.

Pero tampoco es admisible el silencio, ante los zigzagueos, las vacilaciones, los discursos confusos o claramente equivocados en torno a la defensa de los derechos humanos, que en nada contribuyen a los avances que se deben producir si realmente queremos ser un país de primera.

No debemos olvidar que todos los niños recuperados, todos los represores presos, los restos de los desaparecidos recuperados, fueron esencialmente el resultado de una lucha desarrollada desde la sociedad civil y aun con la vigencia de la ley de caducidad.

Es cierto que la sentencia de la Corte IDH, pareció hasta ahora como destinada a consolidar definitivamente esos avances y a motivar una acción mas comprometida y consecuente desde el Estado. En ese sentido, sin sacarle la gravedad de las recientes sentencias de la SCJ con relación a la ley 18.831, no estamos peor que en otros momentos. Entre otras cosas, porque: 1.- Se ha consolidado a nivel internacional un bloque de fuerzas institucionales y sociales en contra de las decisiones recientes de la SCJ. 2.- se ha derrumbado a nivel de un sector de la opinión pública, una percepción de que el tema del juzgamiento de las violaciones a los DD.HH estaba siendo resuelto satisfactoriamente. 3.- Contrariamente a lo que ocurría en el pasado, las represalias contra operadores del sistema judicial, motivaron una masiva repercusión social. 4.- A nivel del sistema judicial (Jueces y Fiscales), se ha producido un interesante bloque de desafío a las visiones mayoritarias de la SCJ. 5.- El cumplimiento de la Sentencia de la Corte IDH, obliga con mayor rigurosidad al gobierno, al desarrollo de políticas públicas en contra de la impunidad. 6.- El Uruguay desterró definitivamente, la ley de caducidad. 7.- Se incorporó con fuerza a nivel académico y del sistema judicial, la normativa internacional como fuente de fundamento de las decisiones judiciales.

Nada de eso, justificaría dejar de desarrollar una consecuente lucha ideológica, ante las posiciones profundamente equivocadas de parte importantes sectores de izquierda nacional e internacional, sobre el rol que juega en la lucha por la liberación, levantar las banderas democráticas radicales que tienen como eje los derechos humanos. Ese, es uno de los desafíos que el movimiento sindical debe lanzar desde la tribuna de este 1º de mayo. Las ideas, llámense de izquierda o progresistas, se deben una reflexión profunda y seria sobre lo que significa, el ejercicio del poder estatal contra los objetivos socialistas y revolucionarios. Objetivos que deben tener siempre como base emancipatoria la mas profunda ampliación y profundización de los derechos individuales y colectivos.

Los derechos humanos no fueron, no son y no serán un regalo de los Estados, sino siempre el producto de las luchas populares. Por eso deberían ser los ejes de los auténticos programas de liberación nacional. Ese es un desafió que tienen las organizaciones sociales y en especial, el PIT-CNT, de sostener esas banderas, incluso en contra del Estado. Desafió que no debe olvidar, el articular con el resto de las organizaciones sociales, para desplegar a todos los niveles esa batalla cultural e ideológica que haga inútiles las “murallas” que intentan marginarnos de los avances que la humanidad ha conquistado a fuerza de muchos sacrificios. En ese marco, dentro de pocos días, el 20 de mayo nuevamente deberemos llenar las calles y marcharemos para culminar en la plaza libertad diciéndole ¡Presente! a cada uno de nuestros desaparecidos.



jueves, 25 de abril de 2013

REFLEXIONES DESPUES DE VOLVER DE LA PLAZA.

8 de marzo de 2013.


REFLEXIONES DESPUES DE VOLVER DE LA PLAZA.



La remoción de la Jueza Mariana Mota de la Sede penal de 7 turno y la posterior sentencia de inconstitucionalidad de dos artículos de la ley 18.831 - por ahora solamente en un caso de denuncia vinculadas a violaciones a los derechos humanos ocurridas en el centro de torturas y exterminio “300 Carlos” que se investigaba en la sede penal de 2do turno -, deben ser vistas y analizadas como parte de un mismo movimiento.



A partir de él, todo parece indicar indubitablemente, que se empieza a desandar un lento y demorado camino que el Uruguay estaba recorriendo con muchas reticencias y vacilaciones, mas para cumplir con la impuesta de la sentencia de la Corte IDH, que por un convencimiento del papel determinante que tiene para una autentica política de izquierda, el levantar las banderas de la defensa y promoción radical de los derechos humanos.



El simple y reclamado paso para que el Uruguay empezara a ponerse a tono con las normas del derecho internacional, constituía, sin lugar a dudas, un golpe irreversible a la impunidad, al mismo momento que contribuía a resaltar y reafirmar una señal de identidad en momentos en que la fuerza política atraviesa grandes debilidades ideológicas.



En la sede penal de 7 turno, hasta hace pocos días a cargo de la Dra. Mariana Mota, se investigaban casi todo el abanico de las conductas delictivas del terrorismo de Estado. La eficiencia y el empeño en lograr verdaderos avances en casos de homicidios de presos políticos; de torturas, de detenciones ilegales de uruguayos en el exterior, muertes en prisión y desapariciones forzadas, a lo que se sumaban casos – como el del avión de Air Class -, eran altamente inconvenientes para los personeros de la dictadura e intereses muy poderosos vinculados – vaya coincidencia -, con las fuerzas armadas.



Muchas de esas causas, pese a las trabas que se le imponían desde sectores del gobierno, habían avanzado hasta el punto de que las investigaciones arrogaban la individualización de responsables por lo que ya habían sido solicitadas por las Fiscalías, procesamientos de altos jerarcas militares que hasta hace muy poco conducían las fuerzas armadas.



El mencionado traslado de la Dra. Mota, sin haberse consultado al Fiscal de Corte no respetó lo dispuesto por el artículo 246 de la Constitución de la República, y vulneró normas y principios de transparencia y buena administración, como muy bien lo demuestra el Recurso presentado por la magistrada ante la propia SCJ. Eso constituyó una flagrante arbitrariedad y una desviación de poder, que fue claramente visualizado por una parte importante de la opinión pública. Y por otra lado, tendrá como consecuencia enlentecer o paralizar las causas que dicha magistrada tenía a su cargo y en las que era inminente los procesamientos.



Por más empeño que la nueva jueza ponga, le llevara mucho tiempo lograr la necesaria especialización en la materia, que la Dra. Mota había logrado y que le había permitido atenderlas de acuerdo a la complejidad que ellas tienen.

De ahí, que debe concluirse que el mencionado traslado, es una deliberada operación de dilación injustificada en el servicio de justicia, ya que, como dijimos, claramente no resulta compatible con razones de buen servicio y afecta la buena gestión de la administración de justicia, la continuidad del mismo y la obligación de desarrollar la administración de justicia de forma eficiente y rápida para los justiciables. Esa paralización temporal es objetivamente contraria a lo que dictó al Corte Interamericana de Derechos Humanos que estableció que en el Uruguay “no ha primado el principio de efectividad en la investigación de los hechos y determinación y en su caso sanción de los responsables”.

Y como telón de fondo, campañas que diversos actores políticos relevancia – entre ellos el Presidente de la República y el Ministro de Defensa -, y medios de prensa, realizaron respecto de las actuaciones judiciales que adoptaba la Dra. Mota.

Unas y otras, tenían por objetivo y propósito terminar con su permanencia en dicha sede penal.

Respecto a la sentencia que declaro inconstitucional los artículos 2 y 3 de la ley 18.831, corresponde señalar que si bien la misma tiene alcance exclusivamente para un caso concreto, también es cierto que la posición que adoptó en ese caso la Corte, luego se reiterara en los otros casos que actualmente esperan un resolución de la SCJ y en los que sin ninguna duda se plantearan en el futuro por los militares y policías que sean indagados.



Sobre la paralización o archivo de casos a consecuencia de resoluciones similares a la Sentencia de inconstitucionalidad Nº 20, es importante tener en cuenta lo siguiente. Si bien algunos abogados constitucionalistas han opinado (El Director del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Católica Martín Risso, entre otros), que esta Sentencia de la Corte no impide que se continúen las investigaciones, u opiniones de Fiscales que han declarado que continuaran con las investigaciones (Caso del fiscal Carlos Negro), esa es una verdad a medias.

Esas opiniones no toman en cuenta que la posibilidad que en el Uruguay terminara la situación de impunidad que impero por mas de 30 años, no radicaba ni radica en que la ley 18.831 estableciera ( y aun lo mantenga vigente), que se restituyo la pretensión punitiva del Estado para todos los casos, o la SCJ haya declarado la inconstitucionalidad de la ley de caducidad en muchos casos. La real posibilidad de avanzar realmente en un proceso de verdad y justicia se asienta en la aplicación de las normas de derecho internacional, que son las que dan fundamento a la sentencia de la Corte IDH en el caso Gelman. Y eso es justamente lo que obtura la SCJ en la Sentencia Nº 20 de inconstitucionalidad.

Lo que esta en juego aquí, no es si un fiscal o un juez a la luz de los hechos toma la determinación de seguir investigando y aplicando el derecho internacional dicta autos de procesamiento para algún militar y policía; sino hasta donde la opinión de la mayoría de la SCJ, lo deja avanzar atendiendo los recursos de las defensas de los militares.

. Más allá de que esas opiniones no son compartidas por todo el mundo del derecho, más bien parecen, en el caso de Risso, seguramente, tener la intención de disimular la barbaridad que implica la Sentencia de la mayoría de la SCJ, y la situación delicada desde el punto de vista institucional en que queda el país. Lo indiscutible, es que a partir de la Resolución de inconstitucionalidad de la mayoría de la SCJ, algunos de los represores tendrán un derecho adquirido a la no extensión del término de prescripción y ser inmunes a la imprescriptibilidad.

Reitero, no es para nada indiferente la postura adoptada por la mayoría de la SCJ, porque mas allá de decir que dos artículos de la ley 18.831 son inconstitucionales, precisamente esos son los que dicen que los delitos cometidos en la dictadura son de lesa humanidad y que no prescriben. En otras palabras, la mayoría de la SCJ, esta indicando que no es para nuestro país una obligación jurídica aplicar el derecho internacional, establecido en la Convención americana u otros instrumentos internacionales. Ese desconocimiento de los principios de derecho internacional que unánimemente han sido aceptados por todos los sistemas internacionales de derecho internacional, es quizás lo más grave para el avance de las causas en el Uruguay y para el posicionamiento del país en el concierto americano y mundial.

En resumen, ese desconocimiento de elementos básicos, sobre los que se han dictado sentencias muy importantes para la consolidación de normas de protección de los derechos humanos – entre ellas las del caso Gelman -, por parte de la Corte IDH, pone en entredicho la posición del Estado uruguayo luego que desde el Poder Ejecutivo y Legislativo se asumiera el compromiso de acatar la obligación de investigar y sancionar los delitos cometidos en la dictadura, el derecho de las victimas a saber la verdad. Esta situación generada por la mayoría de la SCJ expone al Uruguay a una nueva condena internacional.

Lo que pueda ocurrir a futuro con las causas, si bien puede ser difícil saberlo, es importante anotar en que probable marco jurídico se encuentran. Por un lado los jueces y fiscales pueden inclinarse a continuar las investigaciones ya sea por que se mantiene el restablecimiento de la pretensión punitiva del Estado; o continuar las investigaciones disintiendo con la opinión mayoritaria de la SCJ , porque así lo establece la Sentencia de la Corte IDH.

Hasta aquí, el asunto parece darle la razón al catedrático Martín Risso que sostiene que la Sentencia de la mayoría d la SCJ, no tendría ningún efecto negativo para el cumplimiento de la Sentencia de la Corte IDH.

El problema o la incógnita está en cómo se paran los jueces y fiscales en cada caso, con relación a las opiniones de la mayoría de la SCJ (ya sabemos por la remoción de la Dra. Mota, los que le pasa a los que disienten con la Corte). O dicho de otra manera, el uso y la aplicación del derecho internacional expresado en la Sentencia del caso Gelman que hace o no cada juez o fiscal. Sólo por eso, reclamábamos una ley por parte del parlamento, para que no quedara librado a la discrecionalidad de cada juez o fiscal el cumplimiento o no de la sentencia del caso Gelman.

En este escenario, cuando se impute responsabilidades a un militar, éste reclamará la clausura de la causa alegando que ha operado la prescripción del caso, y el juez, que se incline por la opinión de la mayoría de la SCJ, archivara el caso haciendo lugar a la prescripción invocada. Si por el contrario el juez que decidió continuar investigando para cumplir con la sentencia de la Corte IDH, por la misma razón se inclina por que el delito no ha prescripto por aplicación de los preceptos de derecho internacional que indican que estos delitos no prescriben o por cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH que aplicó conceptos de derecho internacional, la causa terminará en la SCJ, se paralizará, y quedara sujeta a una respuesta de la SCJ a los recursos de la defensa de los militares, y ya sabemos cual es, a la luz del reciente pronunciamiento de su mayoría del pasado 22 de febrero.

¿Qué hacer? La respuesta a esta pregunta hace necesario una reflexión política. La investigación de los delitos del terrorismo de Estados es una obligación global de todo el estado uruguayo, tal como lo establece la sentencia de la Corte IDH. Que por su gravedad, su dimensión y por ser cometidas desde el aparato estatal, hace necesario que el Estado democrático asuma el deber de garantizar, promover, proteger los derechos humanos, vulnerados cuando el estado se transformo en una organización criminal. Estas conductas delictivas deben abordarse desde el Estado y desarrollar desde allí, políticas públicas que aseguren su no repetición.

En ese sentido, no alcanza con que algún responsable de esas conductas delictivas sean enjuiciados, ni que solamente se busque los restos de Maria Claudia García de Gelman. No es suficiente que para cumplir con la sentencia de la Corte IDH, se reconozca públicamente, la responsabilidad del estado si ese reconocimiento no va acompañado de acciones inequívocas tendientes a adoptar políticas publicas de protección y promoción de los derechos humanos y de reparación efectiva de las victimas.

Un país donde el Poder Judicial no puede desarrollar su función garantista al verse impedido para desarrollar su función, de cumplimiento de los derechos, de investigar aquellos delitos que vulneran los mismos, hace imprescindible una acción desde la sociedad civil que active a nivel internacional y nacional, definiciones que pongan freno al desconocimiento por parte de la mayoría de la SCJ de las normas del derecho internacional.

Resumiendo, si no se logra torcer una concepción imperante en la mayoría de la SCJ, de que no hay que cumplir con lo establecido en la Sentencia de la Corte IDH, la impunidad habrá ganado esta batalla. Y eso sólo es posible, contando con una acción desde el propio Estado y una definición clara y urgente de la propia Corte IDH.

La izquierda de una vez por todas, debe tener una inequívoca vocación de compromiso con una cultura de los derechos humanos, democratizando el sistema judicial y asegurando que las políticas del Estado en esta materia sean únicas, claras y coherentes.

Finalmente, el “destino final” previsible que le pudren esperar a las causas en tribunales de apelaciones que se sumen al pensamiento imperante en la mayoría de la SCJ o en la propia Corte por la vía de recursos de inconstitucionalidad, no nos deben paralizar. En ese sentido, hay que seguir trabajando en torno a las causas, en dotar al sistema judicial de herramientas adecuadas para el proceso de investigación (caso de la Unidad Especial de Investigación y apoyo al Sistema judicial), sacar del ocultamiento los archivos estatales, etc..



Raúl Olivera



ERRADICAR LA IMPUNIDAD: El desafió actual.
Publicado Trabajo y Utopia marzo 2013




La remoción de la Jueza Mariana Mota y las posteriores sentencias de inconstitucionalidad de dos artículos de la ley 18.831, que se inició en el caso en que se denunciaban violaciones a los derechos humanos ocurridas en el centro de torturas y exterminio “300 Carlos” y que siguió días después con el caso del maestro Julio Castro y otros, deben ser analizadas como parte de un mismo movimiento que marca claramente que se empezó a desarrollar un proceso que desanda el lento y demorado camino que el Uruguay estaba recorriendo con muchas reticencias y vacilaciones, mas para cumplir con la impuesta de la sentencia de la Corte IDH, que por un convencimiento del papel determinante que tiene para una autentica política de un gobierno de izquierda, el levantar las banderas de la defensa y promoción radical de los derechos humanos.



Es un golpe irreversible a la impunidad y sano para la democracia, que el Estado uruguayo diera el reclamado paso de empezar a ponerse a tono con las normas del derecho internacional. Paso que también constituía,, un posicionamiento ético y político del gobierno, que contribuía a reafirmar una señal de identidad de las fuerzas de izquierda, que empiezan a ser vistas por una parte importante de sus militantes con grandes debilidades ideológicas, a la hora de resolver con verdad y justicia los problemas del pasado reciente.



En la sede penal que estaba a cargo de la Dra. Mota, se investigaban casi todo el abanico de las conductas delictivas del terrorismo de Estado, como homicidios de presos políticos; de torturas, de detenciones ilegales de uruguayos en el exterior, muertes en prisión y desapariciones forzadas, a lo que se sumaban otros delicados casos – como el del avión de Air Class. La eficiencia y el empeño de esa magistrada habían permitido verdaderos avances en esos casos, y eso era altamente inconvenientes para los personeros de la dictadura e intereses muy poderosos vinculados – vaya coincidencia -, con las fuerzas armadas.



Muchas de esas causas, trabajosamente habían avanzado hasta el punto de que ya habían sido solicitadas por las Fiscalías, procesamientos de ex-altos mandos militares.



El mencionado traslado, sin haberse consultado al Fiscal de Corte no respetó la Constitución de la República, y vulneró normas y principios de transparencia y buena administración, como lo demuestra el Recurso presentado por la magistrada ante la SCJ. Esa flagrante arbitrariedad y desviación de poder, fue claramente visualizado por una parte importante de la ciudadanía, que vio en ella, también, el propósito de enlentecer las causas que dicha jueza tenía a su cargo.



Por más empeño que la nueva jueza designada en sustitución de Mota ponga, llevara mucho tiempo lograr el necesario conocimiento de cada una de las causas. Mientras tanto, la SCJ seguirá resolviendo a favor de los militares los recursos que se presentan en todas las causas. De ahí, que resulte muy claro, que el traslado de Mota, sea parte de una operación de dilación injustificada, que claramente desmiente posibles justificaciones de “razones de buen servicio”, ya que afecta la buena gestión de la administración de justicia, la continuidad del mismo y la obligación de desarrollarla de forma eficiente y rápida como lo reclama la Corte IDDHH en la condena al estado uruguayo.

Todo este proceso que se venía instrumentando de tiempo atrás, fue acompañado de campañas que diversos actores políticos de relevancia y medios de prensa, creando las condiciones que justificaran el traslado de la Dra. Mota. Unas y terminar con su permanencia en una sede penal.

Respecto a la sentencia que declaro inconstitucional los artículos 2 y 3 de la ley 18.831, si bien la misma tiene alcance exclusivamente para cada caso concreto, los hechos posteriores indican que la posición que viene adoptando la Corte, es su línea de conducta futura.



Si bien algunos abogados constitucionalistas han opinado, que estas Sentencias no impiden que se continúen las investigaciones, y muchos Fiscales continuaran con las investigaciones, lo cierto es que la impunidad parece una eventual realidad, al mediano y largo plazo. Hay que tener en cuenta que la real posibilidad que se terminara la impunidad en el Uruguay, no radicaba ni radica en que la ley 18.831 aun establezca que se termino la caducidad de la pretensión punitiva del Estado establecida por la ley 15.848, sino en la materialización de un proceso de verdad y justicia asentado en la aplicación de las normas de derecho internacional, que son las que dieron fundamento a la sentencia de la Corte IDH en el caso Gelman. Y eso es justamente lo que obtura la SCJ en las últimas sentencias de inconstitucionalidad.

Lo que esta en juego aquí, no es si los fiscales o los jueces toman la determinación de seguir investigando aplicando el derecho internacional, sino hasta donde la opinión de la mayoría de la SCJ, los deja avanzar atendiendo los recursos de inconstitucionalidad que presentan las defensas de los militares.

No es para nada indiferente la postura adoptada por la mayoría de la SCJ, porque ellos dicen que los delitos cometidos en la dictadura no son de lesa humanidad y que prescriben. La mayoría de la SCJ, esta diciendo con mucha claridad, que no es para nuestro país una obligación jurídica aplicar el derecho internacional, y cumplir con la Sentencia en el caso Gelman. Eso es sin dudas, lo más grave para el avance de las causas en el Uruguay y para el posicionamiento del país en el concierto americano y mundial.

Ese desconocimiento, sobre los que se han dictado sentencias muy importantes para la consolidación de normas de protección de los derechos humanos – entre ellas las del propio caso Gelman -, por parte de la Corte IDH, pone en cuestión la posición del Estado uruguayo que desde el Poder Ejecutivo y Legislativo habían asumido el compromiso público de que el Estado acataría la obligación de investigar y sancionar los delitos cometidos en la dictadura. Esta situación expone al Uruguay a nuevas condenas internacionales.

¿Que pueda ocurrir a futuro con las causas? Es difícil saberlo con exactitud. Sin embargo, el marco jurídico establecido en las sentencias de la SCJ, dan para sacar algunos pronósticos. Si los jueces y fiscales continúan las investigaciones con el argumento que sea, al final del camino se encontraran con una sentencia de la Corte del tipo que hasta ahora conocemos.

¿Qué hacer? La respuesta a esta pregunta hace necesario una reflexión política. La investigación de los delitos del terrorismo de Estados es una obligación global de todo el estado uruguayo, tal como lo establece la sentencia de la Corte IDH. Que por su gravedad, su dimensión y por ser cometidas desde el aparato estatal, hace necesario que el Estado democrático asuma el deber de garantizar, promover, proteger los derechos humanos, vulnerados cuando el estado se transformo en una organización criminal. Ese deber no excluye a la SCJ uruguaya. Estas conductas delictivas deben abordarse desde el Estado en su conjunto y desarrollar desde allí, políticas públicas que aseguren su no repetición.

No es suficiente que para cumplir con la sentencia de la Corte IDH, se reconozca públicamente, la responsabilidad del estado si ese reconocimiento no va acompañado de acciones inequívocas tendientes a adoptar políticas publicas de protección y promoción de los derechos humanos y de reparación efectiva de las victimas.

Un país donde el Poder Judicial no puede desarrollar su función garantista al verse impedido para desarrollar su función, de cumplimiento de los derechos, de investigar aquellos delitos que vulneran los mismos, hace imprescindible una acción desde la sociedad civil que active a nivel internacional y nacional, definiciones que pongan freno al desconocimiento por parte de la mayoría de la SCJ de las normas del derecho internacional.

Resumiendo, si no se logra torcer una concepción imperante en la mayoría de la SCJ, de que no hay que cumplir con lo establecido en la Sentencia de la Corte IDH, la impunidad habrá ganado esta batalla. Y eso sólo es posible impedirlo, contando con una acción desde el propio Estado y una definición clara y urgente de la propia Corte IDH.

El gobierno de una vez por todas, debe tener una inequívoca vocación de compromiso con una cultura de los derechos humanos, democratizando el sistema judicial y asegurando que las políticas del Estado en esta materia sean únicas, claras y coherentes.

Finalmente, el “destino final” previsible que le pueden esperar a las causas en tribunales de apelaciones o en la propia SCJ,, no nos deben paralizar. En ese sentido, hay que seguir trabajando en torno a las causas, en dotar al sistema judicial de herramientas adecuadas para el proceso de investigación (caso de la Unidad Especial de Investigación y apoyo al Sistema judicial), sacar del ocultamiento los archivos estatales, etc.

El próximo 20 de mayo, será sin dudas otra respuesta contundente a los personeros de la impunidad. Y la tribuna de los trabajadores el 1º de mayo, otro lugar para llamar a la movilización por Verdad y Justicia.



Raúl Olivera

Integrante de la Secretaria de DD.HH y Políticas Sociales del PIT/CNT





jueves, 4 de abril de 2013

EL LUGAR DEL REY .

EL LUGAR DEL REY .
Material presentado a la Conferencia del PVP




"Sé lo que puede tener de un poco áspero el tratar los discursos no a partir de la dulce,

muda e íntima conciencia que en ellos se expresa, sino de un oscuro conjunto de reglas

anónimas. Lo que hay de desagradable en hacer aparecer los límites y las necesidades

de una práctica, allí donde se tenía la costumbre de ver desplegarse, en una pura

transparencia, los juegos del genio y de la libertad".

Michel Foucault, L´Archéologie du savoir



Estos apuntes no aspiran más que a pretender incluir en nuestros análisis –y porqué no es nuestras definiciones coyunturales-, aspectos de una reflexión teórica sobre algunos desafíos que podríamos llamar “colaterales” a la problemática de los derechos humanos. Los aspectos coyunturales referidos a un escenario aún no totalmente definido y consolidado, están en dos trabajos ya enviados (“Antes de salir para la Plaza” y “Después de volver de la plaza”).



I



Seguramente todos hemos tenido la oportunidad de leer o escuchar el discurso del embajador uruguayo ante la OEA, Milton Romani en la Asamblea General Extraordinaria de la OEA sobre el Proceso de Fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos realizada el 22 de marzo del 2013, y seguramente todos nos hemos sentido identificado con muchos – la mayoría -,del mismo. Era un compañero del PVP el que hablaba, y no solo por eso era un discurso creíble.

Decía el Miltón Romani PVP: “Porque, entendámonos, en nuestros estados se violan los derechos humanos. Basta solo pensar en todos los sistemas penitenciarios. Todo mecanismo para proteger los derechos, se crea, para recibir denuncias. La mejor respuesta es la salvaguarda de los sistemas de justicia nacionales. Pero precisamente, porque los Estados no garantizan siempre la plena vigencia de los derechos, porque los individuos y colectividades se ven inermes contra la maquinaria estatal, porque los sistemas judiciales no son tan justos, por eso el recurso de este Sistema Interamericano esta pensado para actuar. Si es un monigote de los Estados no sirve. Si los Estados lo entienden como un enemigo externo, ni le sirve al sistema, pero tampoco a los gobiernos que eventualmente administran nuestros Estados. Los gobiernos verdaderamente democráticos deben liderar la indignación por el no cumplimiento de los derechos y admitir, analizar y reparar cuando sea necesario, esos derechos. La dinámica de ponerse al frente de las demandas, genera un plus democrático y de fuerza popular que de contrario se vuelve en contra y perjudica a esos gobiernos”.

Sin embargo, el que hablaba era el Estado uruguayo, era el gobierno uruguayo.

¿Desde dónde estaba hablando el Rey? ¿Cuál era el lugar del Rey?

Si era el lugar del PVP, era como dijimos, un discurso creíble. Si era el lugar del Estado y de las políticas publicas del gobierno uruguayo, era un discurso sospechoso, poco creíble.

Por un raro juego de luces, el lugar del Rey se nos torna confuso. Dice el Estado-gobierno uruguayo con referencia a la condena en el caso Gelman y al cumplimiento de los fallos de la CIDH: “Uruguay es coherente con la aplicación de los instrumentos del SIDH y de las medidas y fallos realizados por diferentes organismos”. (…) Más que una condena, nuestro país lo vivió como un acto de justicia que nos permitió como una oportunidad para profundizar la democracia.”



Es más, por momentos el Estado-gobierno-PVP, toma el lugar de las víctimas. El lugar del Rey, cual muñeca Mariuska , aparece de mil formas y tamaños distintos.

Pero el lugar del Rey, es uno. ¿Cuál? De esto trata este trabajo.



II

Una aclaración previa. Aun en algunos de nuestros compañeros del Partido subsiste una confusión, que por supuesto es más generalizada fuera del entorno partidario. Esta confusión o error conceptual, radica en no incorporar que los “Derechos Humanos”, solo pueden ser violados o afectados por las acciones u omisiones de los Estados.

De ahí que debamos tener en cuenta, que sólo nos encontramos ante una “violación de derechos humanos”, cuando por acción u omisión, es responsable el Estado. Cuando un particular comete por acción u omisión un acto similar, nos encontramos ante una conducta delictiva similar, pero que no puede catalogarse de “violación de derechos humanos”. Es a partir de esa distinción, que los delitos cuya responsabilidad es del Estado, tienen – o deberían tener -, un tratamiento distinto.

Esa línea conceptual que divide ambas conductas delictivas –las cometidas por particulares y las cometidas por parte del Estado -, pone en escena un aspecto central que pretendo abordar en estas reflexiones. Las políticas públicas del Estado, ya sean del gobierno (Poder Ejecutivo y Legislativo), o de instituciones del Estado con cierto grado de independencia de las estructuras de gobierno, (Poder Judicial), son las que eventualmente pueden incurrir en violaciones a los derechos humanos. Sobre este aspecto en que se diferencian las políticas públicas – las del gobierno y las de una institución como el Poder Judicial-, volveremos seguramente más adelante cuando analicemos las distintas formas de resolver desde el campo popular el respecto de los derechos humanos.

Esas formas de resolución podrían agruparse en dos categorías: una que tiene por determinación la simple correlación de fuerzas políticas; y otra que tiene por determinación la existencia de normas de derecho (nacional e internacional, que en alguna medida y en ultima instancia también fueron el resultado de correlaciones de fuerzas más complejas). O para decirlo de otra manera la existencia de determinada “superestructura jurídico-política”.

Para comprender las razones de las recientes sentencias de inconstitucionalidad de la ley 18.831 por parte de la SCJ, debemos incorporar en el análisis, esos aspectos.

Entender y tener en cuenta esa conceptualización a la que hacíamos referencia en la aclaración previa, es de primer importancia, no solo porqué es una definición jurídicamente aceptada, sino además porque nos permitirá entender dos aspectos muy importantes. Por una parte la necesaria e indispensable autonomía e independencia de las organizaciones de derechos humanos del Estado y por ende de los gobiernos de turno; y por otro, las dificultades y desafíos que tienen las fuerzas políticas (los partidos), con relación a su comportamiento politico referido a los derechos humanos.

Si bien es cierto, que el tema de la independencia de las organizaciones de DD.HH frente al Estado, se nos atravesara muchas veces en la reflexión que pretendemos desarrollar, lo que nos interesa resaltar y subrayar es que por aquella simple y a la vez compleja razón, la defensa de los DD.HH siempre es una lucha que enfrenta las distintas formas de autoritarismo estatal.

Esta última afirmación nos lleva a un escenario teórico complejo para una fuerza política (partido), como el PVP que por razones que veremos a continuación, actuó y se comportó durante un largo periodo de su historia “casi” o “como” una organización de DD.HH, aunque – es bueno reconocerlo - ,no haya sido eso solo.

Un partido como el PVP que nace en una coyuntura de fuerte contenido de enfrentamiento al autoritarismo terrorista del estado dictatorial, al que se sumo la tragedia de una represión que lo diezmo y le dejo un caudal de desaparecidos – entre ellos a varios hijos de sus compañeros -, y que demoró en institucionalizarse; pudo resolver adecuadamente una línea política fuerte y radicalmente comprometida con los DD.HH, muy particular e interesante. Hasta donde sus raíces libertarias antiestatistas, contribuyeron y crearon las condiciones para poder desarrollar una política que trascienda el levantamiento de las banderas de los DD.HH como simple instrumento de lucha política de oposición, y desarrollar una articulación por demás interesante, entre la defensa de los DD.HH y la lucha democrática radical, es algo que habría que profundizar en la línea desarrollada por Vania Markarian .

Según Markarian, en el exilio muchos uruguayos participaron en campañas contra la dictadura uruguaya, y para ello unieron esfuerzos con activistas de Europa y Estados Unidos. Esa cooperación dio origen a un movimiento que promovió técnicas innovadoras de activismo transnacional y se convirtió en una fuente de información confiable para gobiernos y organizaciones internacionales. En ese proceso se produjo una transformación en los exiliados uruguayos de izquierda, que los llevó a participar en esfuerzos transnacionales en favor de los derechos humanos. Concluye Markarian, que si bien la izquierda uruguaya era inicialmente crítica de las organizaciones de derechos humanos “por no atacar las causas estructurales de los problemas de sus países, estos exiliados fueron adoptando paulatinamente la retórica política de estos grupos y planteando sus reivindicaciones en el lenguaje de los derechos humanos”.

Es bueno reconocer que la preocupación central de Markarian en “mostrar las razones específicas de los diferentes actores para defender el núcleo de derechos individuales que era la base de ese sistema en los años setenta: el derecho a la vida (a no “desaparecer” o ser ejecutado) y el derecho a no ser torturado, arrestado ni detenido arbitrariamente” y que “los objetivos, las prioridades y los motivos últimos de su acción eran diferentes para cada grupo”, reconoce que “el PVP fue seguramente el grupo que realizó más esfuerzos por resaltar los conflictos sociales que estaban detrás de la represión desplegada por los regímenes autoritarios del Cono Sur, sin por eso dejar de caracterizarlos en base a sus prácticas represivas. La idea de “terrorismo de estado”, que comenzó a usarse hacia finales de los setenta, condensó estos esfuerzos”.



De lo expresado, propongo provisoriamente sacar una primaria conclusión: para un partido, que esta en la oposición, le es menos dificultoso resolver una relación con los derechos humanos manteniendo una línea política de radical compromiso con los derechos humanos. El tema se vuelve verdaderamente complejo, cuando ese mismo partido pasa a ser parte de un gobierno, por la razón que el mantenimiento de su anterior política radical y consecuente con la defensa de los DD.HH, necesariamente lo lleva a que su relación con el gobierno del que es parte, sea una relación cargada de tensiones y dificultades.

¿Es esa una problemática que nos afecta? ¿Esa dificultad esta constreñida únicamente al pasaje del estatuto de oposición a la de gobierno?

A la primera interrogante, debo responder que sí y a la segunda que no.



III

El propio debate que se realiza en la actualidad en la OEA con relación al Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de la que Milton da acertadamente cuenta en su intervención sobre las posiciones sostenidas por Ecuador, Bolivia y Venezuela; y seguramente también en el reciente retiro de apoyo político de la izquierda al defensor del vecino en Montevideo, nos plantea otra dimensión de la complejidad de la problemática.

Problemática que como dijera el Secretario Ejecutivo de la CIDH, afecta a la casi unanimidad de los Institutos de derechos humanos en América latina, que terminan adscriptos a los gobiernos de turno.

La llamada paradoja de la piedra o paradoja de la omnipotencia se pregunta: "¿Puede un ser omnipotente crear una piedra tan pesada que aún ese ser no pueda levantarla?" Dicho de otra manera, el Estado es capaz de crear un organismo que tenga verdaderamente capacidad para limitarle su poder, sus determinaciones políticas. Si le reconocemos esa sincera capacidad de auto limitación al Estado, parecería que dejaría de ser un potencial violador de los derechos humanos; en caso contrario, el Estado es un potencial violador de los derechos sobre el que hay que mantener una atenta y rigurosa vigilancia.

La última eventualidad, parece ser sin dudas, la actitud más correcta para asumir. Y ello nos lleva nuevamente a la necesaria autonomía de las organizaciones de derechos humanos frente al Estado, y a las dificultades de un partido político que pretenda tener una consecuente y radical política de derechos humanos, y al mismo tiempo integre el partido de gobierno.



IV

Entonces ¿Qué conducta debe asumir un partido como el PVP en materia de derechos humanos? En la medida que mantener una política similar a la de una autentica organización de DD.HH, le implica una conducta conflictiva con el gobierno que integra ¿debe omitir tener un perfil propio en este tema? ¿Debe incorporar que es parte de su perfil político el mantener una política de derechos humanos radical y consecuente? ¿Debe dejar que la política en materia de derechos humanos sea desarrollada por sus militantes, pero desde las organizaciones sociales? ¿Es posible para un partido como el PVP, en función de la unidad de acción en el seno del FA, renunciar a sus definiciones propias en materia de DD.HH? ¿En el marco de las políticas de acuerdos electorales, el tema de derechos humanos, que grado de determinación tiene a la hora de articular los acuerdos?

Sin duda se abrieron muchos temas que no fueron desarrollados, y muchas preguntas e interrogantes que formularnos. Los tiempos no son los suficientes en una coyuntura que nos exige esfuerzos que muchas veces no logran la sincronización necesaria entre nosotros. Con las dudas de que estas reflexiones sean en lo inmediato un insumo que nos ayuden, y el convencimiento de que es un debe, acá van con una aclaración final. El papel que en estas reflexiones el discurso de Milton en la OEA, no es mas que un recurso de “entrecasa”, que quizas ayude a entender el desarrollo del análisis. Espero que sea tomado solo como eso.

Raúl Olivera

02/04/2013

viernes, 15 de marzo de 2013

URUGUAY: REINSTALACION DE LA IMPUNIDAD.
Publicado en Tiempo Argentino Marzo 2013




Decisiones, de la SCJ, ponen de manifiesto las intrincadas tramas de intereses que juegan a perpetuar la impunidad. Con una de ellas, la Dra. Mariana Mota, se sumó a una extensa lista de magistrados y fiscales, a los que mediante variados mecanismos sufrieron las represalias por haber intentando hacer justicia desafiando las presiones desde las esferas del poder. Por otras, posteriores sentencias de inconstitucionalidad invalidaron una ley aprobada para cumplir con una Sentencia de la Corte IDH. Son parte de un mismo movimiento, que desanda un lento y demorado camino que el gobierno de izquierda estaba recorriendo con muchas reticencias y vacilaciones. Mas obligado por una condena de la Corte IDH, que por un cabal convencimiento del papel determinante que tiene para una autentica política de un gobierno progresista, la defensa y promoción de los dd.hh. Que el Uruguay atendiera sus compromisos internacionales, era además de un golpe a la impunidad, una reafirmación de una señal de identidad, muy necesario para un gobierno atravesado por grandes debilidades ideológicas en se campo.

No pasó desapercibido para la sociedad civil, que no era solamente el alejamiento de una magistrada, sino una señal para el sistema judicial, de cuales serían las consecuencias para quienes desafiaran la lógica de impunidad. Era una vez más una práctica propia de un Estado feudal, de apartar un juez, cuando las decisiones de este, no es funcional a la opinión mayoritaria de la SCJ. La jueza Mota, investigaba más de 50 causas de delitos de lesa humanidad, con solicitudes de procesamientos de altos jerarcas militares que hasta hace muy poco conducían las fuerzas armadas.

La real posibilidad de avanzar realmente en un proceso de verdad y justicia, esta radicada en la aplicación de las normas de derecho internacional, que son las que dan fundamento a la sentencia de la Corte IDH en el caso Gelman. Y eso es justamente lo que obtura la SCJ en sus argumentaciones en las Sentencias de inconstitucionalidad.

Lo que esta en juego, no es si luego de estas sentencias los fiscales o jueces toman la determinación de seguir investigando y aplicando el derecho internacional; sino hasta donde la opinión de la mayoría de la SCJ, los deja avanzar atendiendo los recursos de las defensas de los militares.

Los artículos declarados inconstitucionales, son los que dicen que los delitos cometidos son de lesa humanidad y que no prescriben. La SCJ, esta indicando que no es para nuestro país una obligación jurídica aplicar el derecho internacional, establecido en la Convención americana u otros instrumentos internacionales. Ese desconocimiento de los principios de derecho internacional, es quizás lo más grave para el avance de las causas en el Uruguay y para el posicionamiento del Uruguay.

Ese desconocimiento de elementos básicos, sobre los que se han dictado sentencias muy importantes para la consolidación de normas de protección de los derechos humanos por parte de la Corte IDH, pone en entredicho la posición del Estado uruguayo luego que desde el Poder Ejecutivo y Legislativo se asumiera el compromiso de acatar la obligación de investigar y sancionar los delitos cometidos en la dictadura. Lo que pueda ocurrir a futuro con las causas, si bien puede ser difícil saberlo, es importante tener n cuenta, en que probable marco jurídico se encuentran a partir de sas decisiones. Un país donde el Poder Judicial no puede o no quiere desarrollar su función garantista al verse impedido para desarrollar su función, de cumplimiento de los derechos, de investigar aquellos delitos que vulneran los mismos, hace imprescindible una acción desde la sociedad civil que active a nivel internacional y nacional, definiciones que pongan freno al desconocimiento por parte de la mayoría de la SCJ de las normas del derecho internacional.

Resumiendo, si no se logra torcer una concepción imperante en la mayoría de la SCJ, de que no hay que cumplir con lo establecido en la Sentencia de la Corte IDH, la impunidad habrá ganado esta batalla.

La izquierda de una vez por todas, debe tener una inequívoca vocación de compromiso con una cultura de los derechos humanos, democratizando el sistema judicial y asegurando que las políticas del Estado en esta materia sean únicas, claras y coherentes.



Raúl Olivera Alfaro

De la Secretaria de Derechos Humanos del PIT/CNT

Coordinador por el PIT/CNT del Observatorio Luz Ibarburu de seguimiento de las denuncias penales de violaciones a los Derechos Humanos .