jueves, 4 de mayo de 2000

ARRIBA LOS QUE LUCHAN!

Publicado en La República 4/05/00
No es de estilo usar una columna periodística, para saludarte en el día en que cumplís años. ¿69 años, verdad? Cómo pasa el tiempo!
Pero tu vida (y no puedo decir tu muerte, carajo), no fue del “estilo” de mucha gente, fuiste un transgresor. Perdón, sos un transgresor, aún hoy.
Cuando te desaparecieron, no imaginó Gavazzo, ni Silveira, ni Cordero, ni Campos Hermida, ni nadie de la patota criminal, que 24 años después seguirías cumpliendo años. Tus transgresiones hacen que al almanaque de los años no lo hayan podido detener, cuando te desaparecieron. Diríamos que técnicamente, jurídicamente no estás muerto, y por ello es legítimo y no es de mal gusto, que hoy nos juntemos con Marta, con Daniel, y otros compañeros, para recordar que cumplís un nuevo año.
Claro que no estaremos todos, Raúl quiso dejar de cumplir años; Mauricio, dejó de cumplir años sin quererlo y tampoco estará el “Loco” y los que aún no les hemos parado el calendario y siguen cumpliendo años, se siguen volviendo viejos, pero no están, como vos. No podrá estar María Elena, que envejeció buscándote. Y me pregunto Gerardo, y te lo pregunto para que desde ese catre en que te fotografió Gavazzo, te levantes y me contestes, ¿el querer que no seas un desaparecido, no es querer que estés muerto? Perdoná, pero esta idiotez, podés contestarla sin levantarte.
Mejor no me respondas. No quiero esa respuesta, no quiero que me hables desde ese patrimonio mortífero, de desaparición, de muerte, de sufrimientos y desgarramientos que superan la capacidad del lenguaje. Queremos sentirte desde ese silencio que surge de esa fotografía en la que estás en Orletti, donde parece que no hay nada que decir y que sin embargo dice tantas cosas. Es desde esa desaparición, desde esas fronteras en que se acaba el lenguaje, y que sin embargo tiene una elocuencia que nos convoca, que hoy queremos sentirte.
Dicen que el terror puede servir para muchas cosas, pero no sirve para pensar. Sin embargo desde ese lugar que sin duda simboliza el terror, tu mirada serena, como siempre, nos convoca al desafío de pensar.
Pero los cumpleaños, y hoy - lo vuelvo a repetir -, cumplís 69 años, no se hacen para pensar mucho, ni para derramar lágrimas de cocodrilo. Con la irreverencia que nos legaron años de militancia anarquista, nos reiremos de las invocaciones al olvido y al perdón, y de las razones del Estado explotador. ¿Te pidieron autorización para perdonar en nombre tuyo? Porque es muy fácil esto de perdonar en nombre de otro.
Hay quienes no quieren reclamar Justicia. Dicen algunos que esta es una justicia burguesa. Otros, han renunciado estrepitosamente a ella. Sin embargo la emergencia de la Justicia implica entre otras cosas un problema de igualdad, y esa idea nos es aún tan cara en nuestras utopías.
Siempre fuiste un justiciero, y aún lo sos desde esa particular ausencia. Esa fue la ética que nos enseñaste, la de determinadas ideas generales que debíamos tener siempre en cuenta para aplicarlas en todas las situaciones particulares.
También nos enseñaste lo que es tener una moral revolucionaria y qué ejemplo nos dejaste de cómo ella debe ser aplicada en toda circunstancia (secuestrado), en todo tiempo (1976), en todo lugar (Orletti)!
Sé que cada día cuesta más trabajo, pero busco encontrar cada día en los que marchan los 1º de mayo, en los que organizan sindicatos, en los que sienten aún la capacidad de indignarse ante las injusticias, ese mensaje al que aludo en el título: ¡ARRIBA LOS QUE LUCHAN!
Hoy que cumplís 69 años, con la sabiduría que sin duda acumulamos desde la última vez que nos vimos, espero que me lo vuelvas a afirmar. Sé que así recibiré el acostumbrado regalo, que debería hacértelo a vos. Pero así están las cosas, algo confusas y entreveradas.
Gerardo Francisco Gatti Antuña nació un día como hoy de 1931, casado con Marta Casal, padre de tres hijos, Daniel, Gabriel y Adriana. Esta última fue asesinada en Argentina el 8/4/77. Su sobrino Simón Antonio, el hijo de Mauricio y Sara Méndez, fue secuestrado en Buenos Aires, cuando tenía veinte días y aún continúa desaparecido. Fue fundador de la CNT y formó parte de su primer secretariado; fue dirigente de la ROE, la FAU y del Partido por la Victoria del Pueblo. Fue secuestrado el 9/6/76 por militares argentinos y uruguayos en Buenos Aires y aún continúa desaparecido.

miércoles, 19 de abril de 2000

ROSENCOF:EL DURO OFICIO DE DRAMATIZAR

Sin duda que la principal actividad profesional de una persona, tiende a teñir los otros campos de su accionar de esa impronta que solemos llamar deformaciones profesionales. A partir de esto, podemos concederle generosamente al dramaturgo Mauricio Rosencof, a propósito de su propuesta de salida “viable” sobre el tema de los desaparecidos, el beneficio de atribuirle en la misma una simple deformación profesional.

Un connotado político a pocas horas de haberse conocido la propuesta del dramaturgo, expresó que este era un “creador” y por lo tanto la misma consistía en un producto de esa mente creadora.

Un buen poeta, cantante, cocinero, sindicalista, médico, etc., también puede ser un buen político. Dicho más claramente, nadie esta confinado a brillar por una sola de sus actividades. Ni nadie esta predestinado a ser bueno en cada una de las actividades que se le ocurra incursionar. Para el caso, no podemos aplicar el dicho popular que aconseja “Zapatero a tus zapatos”.

Hace pocas horas en un almuerzo televisivo, Rosencof expresó que ya no era la “propuesta Rosencof”, lo que existía. Que ya no era de él. Que sería de quien la tomara en su totalidad o en algunos de sus “capítulos”.

No hay que desprenderse tan rápidamente de las “creaciones”.

Si, el tema de los desaparecidos - y no de los muertos don Rosencof-, es en verdad un drama. Pero un drama que tiene un escenario muy distinto al que su inspiración creadora encontró.

Inspiración creadora del dramaturgo, que deja pocas cosas para que los verdaderos actores representen: Nos asigna el escenario (las oficinas del Ministerio del Interior, “con su política de apertura”); nos designa al representante de los “combatientes” secuestrados-desaparecidos (“Luis Pérez Aguirre con el aval de SERPAJ, los familiares, del PIT/CNT, del Frente Amplio, del Nuevo Espacio, de Galimberti, de los sectores de los partidos tradicionales que también tienen sus demandas en esta materia”); tampoco deja para la improvisación el rango del representante de los otros “combatientes”, el de los secuestradores y desaparecedores de gente (ellos tiene que autorizar por una vía consensuada la designación de un general).

Pero no para aquí la inspiración creadora del dramaturgo: establece muy prolijamente los diálogos posibles. No se nos ocurra ir con “187 demandas”. No olvidemos que no derrotamos a la dictadura. Y no digamos 187, cualquier demanda que no tenga en cuenta de que al frente de las fuerzas armadas esta “la misma gente que participó en el proceso” tiraría abajo el andamiaje (¿utilería?) de la propuesta. Y por si los muchachos de las fuerzas armadas, no están inspirados, el dramaturgo, les apunta lo que tienen que decir: “Paso tal cosa, como en todas las guerras”.

Admitamos que el dramaturgo, no es tan estricto. Deja algún margen para que le corrijamos la plana: Corrige su libreto y saca “combatiente”, porque se presta a “confusión”.
También saca la palabra “negociar” y la cambia por conversar.

Según lei en un diccionario, un dramaturgo, produce dramas y estos son composiciones literarias “de asunto lastimoso y en el que puede libremente el poeta excitar efectos suaves, o el terror, etc.”. Antes de concluir sobre los efectos que esta composición excita, admitamos que el poeta se permite ciertas libertades, que en su producción literaria esta en todo su derecho de tenerla, pero sobre el tema de los desaparecidos no es admisible.

Primera libertad: El excitar efectos de cualquier naturaleza, en un teatro, en un libro, debe necesitar un cierto conocimiento de quien se supone que será su público, su destinatario. Por esta razón le atribuye que hay militares que “deben estar aburridos de soportar acusaciones indefinidas” o de una “pesada a los que no se les puede llegar por vía de una delegación multitudinaria”. Y de nuestro lado, quienes quieren “recuperar a nuestros muertos”, los que queremos que se investigue, los que nos “pisamos la sabana entre fantasmas”, porque ya “sabemos quién es quién y quienes estuvieron y quienes no”.

Sobre estas cosas, hay que tener claro que no se trata de un problema de “aburrimiento”, que al fin y al cabo es una forma inofensiva de ubicarse con relación a la vida, a una obra artística, a una persona. Se trata de una institución que por otras razones más profundas que un simple aburrimiento, ampara - en el silencio o en claros pronunciamientos-, conductas internacionalmente consideradas como “hosti humanis generis” (enemigas de toda la humanidad). Por lo tanto, el tema no está limitado por lo amplia o multitudinaria de la delegación que el dramaturgo quiere sentar en la misma mesa. Se trata simplemente de ponerlos frente a los instrumentos que la comunidad internacional construyó (tratados, convenios, convenciones, etc.) a partir de develar la verdad de los campos de concentración, del genocidio cometido por el nazismo y definir que se debía proteger a la humanidad de esos “hosti humanis generis”.

No nos preocupa que “la pesada” este “aburrida”. Nos preocupa que subsista en puestos claves del Estado. Y esto no es un tema menor.

Seguramente el dramaturgo al igual que la inmensa mayoría del país, se estremeció frente a los hechos que dieron cuenta los medios de difusión relativos al secuestro, la tortura, el asesinato y la desaparición (frustrada finalmente por que se encontró el cuerpo) de un menor por parte del propietario de un viñedo y su empleado (un ex-soldado).

Hechos de ese tipo que hoy nos estremecierón de horror, fue aplicado durante la dictadura en forma sistemática, planificada fríamente desde el Estado no un día producto de un exceso circunstancial. Fueron años de práctica sistemática de una forma que la doctrina internacional definió como Genocidio y como Terrorismo.

Y esto, por más que el oficio de un dramaturgo, sea trabajar con las palabras, no puede incluirse en la categoría de “acusaciones indefinidas”.

Finalmente no está en sus libertades literarias, ignorar que no se trata sólo de recuperar a nuestros muertos; el ¿Cómo?, el ¿Dónde?, el ¿Cuándo?, le dan al drama de los desaparecidos una dimensión que el dramaturgo soslaya reiteradamente.

Sobre la afirmación de que ” todo se sabe”, se pone de manifiesto una ignorancia u ocultamiento que sobre los 139 caso de desapariciones de uruguayos, tiene el dramaturgo. No todo se sabe, justamente la VERDAD es uno de los instrumentos que puede contribuir a desactivar ese mecanismo del terrorismo de Estado que tiene como base la muerte sin fecha, sin circunstancia, sin lugar. En eso radica su particular crueldad y su eficacia como instrumento de terror arrebatando el derecho a la vida negando a la vez el derecho a la muerte.

Segunda libertad: Inventar un final “con reconocimiento para los muertos”,
“ indemnizaciones para los familiares”, y un” parque nacional de la memoria”. Nuevamente el dramaturgo no puede contener su inspiración creadora y deja el lápiz de escritor para tomar el del arquitecto que diseña el “muro con las fechas de todos”.

Tercera libertad. Toda creación literaria esta confeccionada con un tamaño. Tantas páginas si es una novela; tanto tiempo de duración si es una obra de teatro. La duración implica elegir donde empieza el drama. Rosencof empieza, partiendo de la base de no hablar de secuestrados-desaparecidos; habla siempre de muertos. Mata a Simón, a los hermanos Andrea, Washington y Beatriz Hernández Hobbas, al hijo de Blanca Altman, el de Aida Sanz. Pero hay algo más grave en esta tercera libertad que se toma el dramaturgo, al declarar él que están todos muertos, esta historia, este drama que intenta que se represente, omite una parte importante del reclamo de la verdad: El ¿cómo?. ¿Sera esta demanda una de las 187 prohibidas de antemano?.


PD: Un aporte que tendría efectos interesantes en la excitación propia de los dramas: ¿Que le parece si aprovechando el apoyo que concita en todos los ámbitos castrenses y políticos de gobierno, ponemos de interlocutor del bando de los secuestradores-desaparecedores al “Pajarito” Silveira?.

domingo, 12 de marzo de 2000

UNA IMPORTANTE INICIATIVA DEL MOVIMIENTO SINDICAL

Desde hace mucho tiempo existe en la Secretaría de DDHH del PIT-CNT, una serie de preocupaciones relativas a la información y documentación existente en diversos países del cono sur sobre la represión llevada a cabo en el marco del Plan Cóndor.
Una de ellas tiene que ver con la incorporación a una lista única, de todos los ciudadanos uruguayos detenidos desaparecidos, tanto los que fueron registrados a partir de las denuncias en los organismos de derechos humanos del Uruguay, los denunciados únicamente en la Comisión Investigadora de Diputados del año 1985, los que aparecen solamente en la lista de la Conadep de Argentina y algunos nombres que aparecen a partir de la documentación encontrada en los llamados "Archivos del Terror" de Paraguay.
Seguramente para quienes impulsan o ven con buenos ojos la solución de dar por muertos a todos los desaparecidos, esta prolijidad que se plantea el PIT-CNT, carece de sentido.
Sin embargo para quienes siguen apostando a alumbrar todos los rincones de esa tenebrosa operación del terrorismo de Estado, sigue siendo una tarea fundamental contribuir desde los medios de la sociedad civil, a establecer la verdad material de aquellos hechos. Cuanto más profunda, documentada y exhaustiva sea esa contribución realizada desde la sociedad civil, más ridículas y cómplices serán los retazos de verdad con que se querrán sin duda, saldar esa deuda con la sociedad en su conjunto.
En ese marco la resolución del Secretariado del PIT-CNT, ha solicitud de la Secretaría de Derechos Humanos y Políticas Sociales, de cursar una nota a la Subsecretaría de Derechos Humanos del gobierno argentino, en la que se le informa que viene desarrollando de manera sistemática y de acuerdo a las resoluciones de sus autoridades, un trabajo de recopilación, ordenamiento y archivo de la información relativa a las violaciones de los derechos humanos consumadas durante la pasada dictadura (1973 - 1984). Y que es a partir de dicha información que le ha sido posible aportar elementos en muchas de las causas que a nivel judicial se tramitan en varios países (Argentina, España e Italia) y en algunos casos se ha podido presentar el sustento testimonial de denuncias concretas que buscan en otros países la justicia que nos es negada en el nuestro y no porque renunciemos a ella. Que por otra parte, en razón de que la mayor parte de los casos de desaparición forzada, ocurrieron fuera de nuestro territorio, aunque con probada participación de integrantes de los servicios de seguridad del Estado uruguayo, la investigación sobre dichos casos descansa en la documentación, datos y pistas obtenidas en los mencionados países vecinos. Y que por esa razón, es de fundamental importancia que todo trabajo que se realice en esos países con documentación sobre casos de violaciones a los derechos humanos durante el mencionado período, tenga en cuenta las investigaciones específicas que en nuestro país se llevan a cabo en el caso de los ciudadanos uruguayos. Por esa razón se planteó que le resulta al PIT-CNT, un insumo fundamental el obtener copias de aquellos documentos que de cualquier manera se relacionen con la presencia de ciudadanos uruguayos, ya sea en carácter de prisioneros y/o personal actuando en tareas de represión.
Como ha sido informado por medios periodísticos argentinos se estarían por pasar a soporte informático los archivos de la Conadep, documentos existentes en esa Subsecretaría, en el propio Poder Judicial de la Nación, de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad y en el Registro de Fallecimientos, etc. Por esa razón se planteó en la mencionada nota, que sería de gran utilidad para los organismos de derechos humanos del Uruguay, que durante dicha tarea se registrara como dato específico a tener en cuenta, toda mención a ciudadanos uruguayos como se ha expresado anteriormente. A partir de la tramitación de esta solicitud, el PIT-CNT, pretende, poder consultar esos documentos y en los casos que sea necesario solicitar copia de los mismos.
Por todo lo antes expuesto, el PIT-CNT solicito que la Subsecretaría de DDHH de Argentina tenga en cuenta esos planteos, como así también el interés de dejar planteado un vínculo entre aquel organismo y la Secretaría del PIT-CNT, tanto para evacuar consultas, coordinar trabajos y eventualmente poder acceder a los archivos argentinos.
Esta interesante iniciativa, tiene su fundamento en el hecho conocido de que en Uruguay ningún organismo del Estado se ha interesado en ordenar y conservar la documentación relativa a las violaciones a los derechos humanos, y por esa razón esa tarea descansa en la iniciativa y los recursos de iniciativas de la sociedad civil.

sábado, 12 de febrero de 2000

OTRAS CONSIDERACIONES SOBRE LAS ACCIONES JUDICIALES POR LA VERDAD.

Decíamos en nuestra nota anterior que nos ocuparíamos de otro importante antecedente, relativo al tema que nos ocupa en esta serie de notas. Nos referimos a la importante sentencia en un recurso de amparo que el 15 de octubre de 1998, dictó la Corte Suprema de Justicia de Argentina. Si bien es cierto que uno de los supuestos jurídicos en que se sostiene la demanda original que dio lugar al mencionado recurso de amparo, no está específicamente legislado en el Uruguay, tanto por los fundamentos que cada uno de los ministros dio para laudar por unanimidad favorablemente, el reclamo planteado por los demandantes, resulta interesante conocerlos a la luz de pensar y resolver caminos jurídicos en nuestro país en torno a situaciones similares.
En estos últimos días, el resultado de esta sentencia ha dado lugar a que próximamente sea interrogado el represor Antonio Bussi y a que se se iniciara por expediente separado la búsqueda del nino que dio a luz la desaparecida Ana Lanziolotto, secuestrada junto a Urteaga, estando embarazada de 8 meses.
En el vecino país, el recurso de amparo está reglamentado por la Ley 16.986, que tiene similares características a la existente en nuestro país, nos referimos a la Ley 16.011.
En una demanda de "habeas data", formulada por Facundo Raúl Urteaga contra el Estado argentino, con el objeto de obtener información existente en el Estado sobre su hermano Benito Jorge Urteaga, sustentada en el artículo 43 de la Constitución argentina, se solicitó "conocer cuál fue el destino de su hermano Benito Jorge, que pasó con él, dónde están sus restos, si se confirma que fue asesinado, quiénes fueron los responsables de la decisión y qué grado de responsabilidad le cabe al Estado".
La persona sobre la que se requería información, según medios de información periodística de la época, había sido abatido el 19 de julio de 1976 en un departamento ubicado en la localidad de Villa Martelli, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, conjuntamente al líder guerrillero Roberto Santucho, y del que nunca se hizo entrega del cuerpo a sus familiares.
Esta causa llega a la Corte Suprema, luego de haber tenido una resolución desfavorable a la pretensión reclamada tanto en primera instancia, como ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Contra los fundamentos de los pronunciamientos negativos, Facundo Urteaga cuestiona la limitación que se dio al recurso de "habeas data" a la "veracidad informativa" y la reducción de dicho recurso al propio afectado, en este caso el supuestamente abatido en 1976, y "las posibilidades de protección de los derechos constitucionales relativos a la persona humana". Ante el interrogante de si una acción como la iniciada por Urteaga entra en contradicción con leyes de impunidad existentes, la Corte Suprema entendió que la información requerida no afectaba el objeto de un proceso penal concluido por la existencia de las mencionadas leyes de impunidad.
También cabe recordar que en nuestro país, si bien existe el recurso de "habeas corpus", la extensión de ese derecho al "habeas data", aún está pendiente de ser considerado por el Legislativo a partir de un proyecto presentado por el Dr. Daniel Díaz Maynard.
Veamos ahora algunos argumentos vertidos en la fundamentación de su fallo por cada uno de los ministros de la Corte argentina, reconociendo a los demandantes "el derecho a la información objetiva requerida, para lo cual deberá disponerse el libramiento de los oficios necesarios a fin de que los organismos requeridos den cuenta de si en sus registros obra constancia del fallecimiento de Benito Jorge Urteaga y, en su caso, la localización de sus restos".
Los ministros Belluscio y López expresan haciendo referencia al Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados en los que se establece que con respecto a los desaparecidos cada parte en conflicto buscara las personas cuya desaparición haya senalado una parte adversa, que "si ello es así en el ámbito de los conflictos armados internacionales, ninguna razón existe para que iguales criterios dejen de aplicarse en los enfrentamientos armados de cualquier índole que puedan producirse en el orden interno de los países, ya que las obligaciones resenadas constituyen la consagración de principios generales del derecho que no tienen que quedar limitados al derecho internacional".
Por su parte el ministro Fayt, luego de extensas consideraciones sobre el derecho a la información, concluye que "en el período en que se sucedieron los hechos se garantizaba la impunidad mediante el ocultamiento de la realidad ante los pedidos de informes y la utilización del poder estatal para persuadir a la opinión pública local y extranjera de que las denuncias realizadas eran falsas y respondían a una campana orquestada tendiente a desprestigiar al gobierno". Todo ello era llevado a cabo en un ámbito de clandestinidad, "que favoreció el sentimiento de impunidad de sus ejecutores". "El país necesita desesperadamente recobrar la fe en sí mismo, así como el sentido de su dignidad, para acabar con la frustración, el escepticismo y el colapso moral resultantes de una larga cadena de acontecimientos...". "De ello se sigue que los derechos humanos en juego requieren una tutela expedita que, en las particulares circunstancias del caso, sólo puede proporcionar la acción de amparo". " Ello es así, a fin de posibilitar el ineludible y --a esta altura-- impostergable cumplimiento de la ética de la verdad".
El ministro Enrique Santiago Petracchi, por su parte expresa "proteger el derecho a conocer todo lo relativo a la muerte de un familiar cercano ocurrida en las circunstancias referidas significa, en última instancia, reconocer el derecho a la identidad y a reconstruir la propia historia, los cuales se encuentran estrechamente ligados a la dignidad del hombre...".
Una lectura de los otros fundamentos que por razón de espacio omitimos, y una consideración en profundidad y extensión de aquellos de los que sólo tomamos algunos párrafos, sería un elemento importantísimo a la hora de definir algunas cosas que será necesario encarar próximamente en nuestro país.

sábado, 22 de enero de 2000

LAS ACCIONES JUDICIALES POR LA VERDAD (I)

LAS ACCIONES JUDICIALES POR LA VERDAD. (I)

Como es de publico conocimiento, el pasado 15 de diciembre, TOTA QUINTEROS , presento ante un tribunal uruguayo, una acción de amparo contra el Estado por la desaparición de su hija la maestra Elena Quinteros , detenida - desaparecida el 28 de junio del año 1976, víctima de las fuerzas de la represión de la dictadura (1973-1984).
En la demanda se expresa que: " A pesar del sinnúmero de gestiones realizadas no he podido saber, hasta el día de hoy, dónde fue conducida luego de ser secuestrada del interior de la embajada de Venezuela, ni qué suerte corrió" su hija Elena. "Aquellas preguntas elementales no han sido respondidas aún". "Ninguna autoridad pública me informó nada en relación a qué ocurrió con mi hija luego del secuestro y dónde está su cuerpo".
La omisión ilegitima del Estado, fue puesta nuevamente de manifiesto, cuando recibió una declaración de un ex funcionario del Ministerio de Defensa que asegura, que en el Batallón Nº 13 está enterrada Elena Quinteros, y no se dispuso diligencia alguna. Por esa razón la demanda intenta lograr la protección del derecho a la información, derecho fundamental de rango constitucional que la omisión del estado, en el caso, desconoce francamente en la medida que todo ocultamiento, demora, inacción, negligencia, desidia, imprudencia en la búsqueda de la información y la obtención de la verdad, suponen una evidente lesión de aquel derecho. Esta acción a raíz de dos resoluciones de la Juez Actuante, que solicito ampliación de información a los demandantes primero y a la Suprema Corte de Justicia, después, ha quedado en suspenso para ser dilucidada una vez concluida la Feria Judicial mayor.
La intención de esta información, es dar cuenta de que existen antecedentes de acciones judiciales tendientes a lograr el establecimiento de la VERDAD, que han incursionado en vías distintas a las que desde el punto de vista doctrinario muy clara y brillantemente se ha expresado la Dra. Beatriz Venturini en una publicación de la Asociación de Magistrados del Uruguay, nos referimos a las Reparaciones Civiles.
Uno de los antecedentes interesantes sobre la materia, lo encontramos en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Argentina), en la causa: "Urteaga, Facundo Raúl c/ Estado Nacional- Estado Mayor Conjunto de las FF.AA. Sobre este caso nos ocuparemos en una próxima nota.
A nivel de la justicia uruguaya, además de los interesantes aspectos que deja planteado la sentencia de la Dra. Jubette en la causa " Baliñas Puppo, María Mercedes c/Estado - Poder Ejecutivo, Ministerio de Defensa Nacional", existe una importante sentencia de segunda instancia en esta misma causa sobre la que nos ocuparemos en una tercera nota.
El antecedente del que hoy nos queremos ocupar, se refiere al Juicio por la Verdad que se inició en abril de 1998 en la Cámara Federal de La Plata (Argentina). Durante el año 1999, en 42 jornadas se efectivizaron 250 audiencias, en las que declararon familiares, ex detenidos, médicos que firmaron certificados de defunción de cuerpos NN en el periodo 1976/83, policías y militares implicados en la represión ilegal. Existiendo hasta el día de hoy mas de un centenar y medio de causas abiertas.
En una profundización de las investigaciones, los Jueces de la Cámara Federal acompañados de los abogados de las víctimas, inspeccionaron comisarias, los Archivos Policiales, del Ministerio de Justicia Bonaerense, cementerios y lugares donde funcionaron campos clandestinos de detención.
El trabajo de investigación y recopilación de pruebas, al que se sumaron distintas organizaciones de DD.HH de la Argentina (Abuelas, Madres y la Asociación de ex Detenidos - Desaparecidos) como parte en el Juicio, llevaron en este ultimo año se produjeran importantes pasos contra la impunidad. Si bien se estima que la recopilación de prueba y testimonios podría llevar dos años más, la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de La Plata, estima que quizás a esa altura, en Argentina no solo se hable de Verdad, sino también de Justicia.
El nuevo milenio hereda sin resolver, en el campo de los Derechos Humanos, un conjunto de aspectos esenciales para la convivencia democrática, sobre los cuales deberán expedirse las instituciones que la sociedad se ha dado, justamente para su preservación y defensa. No se trata de una batalla en solitario del Poder Judicial, como toda batalla democrática, necesita de la participación de toda la sociedad. En eso estamos.