lunes, 24 de febrero de 2003

DESDE EL DERECHO INTERNACIONAL LA AMENAZA DE GUERRA




Por Raul Olivera Alfaro
(Artículos publicados en el Nº 25 del Organo de difusión interna
del PIT/CNT “Trabajo y Utopía febrero del 2003)


El pasado 12 de febrero, en una declaración conjunta de la Asociación de Abogados de Buenos Afres (AAB), la Asociación de Abogados Laboralistas (AAL) y la Asociación Americana de Juristas (AAJ), de la Argentina, establecieron con absoluta claridad, un aspecto que sobre el tema de la amenaza de guerra por parte de EE. UU, no ha sido suficientemente encarado y que tiene que ver con el DERECHO, con las normas jurídicas que la humanidad ha construido.
He aquí, algunos aspectos de esa consideración:
1) El riesgo cierto de una guerra de consecuencias inimaginables coloca a los hombres de derecho en la necesidad de hacer su aporte a la lucha por la paz desde el campo del derecho.
2) El acuerdo entre varios jefes de Estado para lanzar una “guerra preventiva” contra Irak es una «acción al margen del derecho
internacional», y por tanto, es una «asociación ilícita».
3) Según los firmantes de la citada declaración, «las características y magnitud de la acción bélica que se prepara, sintetizada con la fórmula “shock and awe” proveniente del Pentágono (golpe fulminante y pavor), corresponden a crímenes de guerra y de lesa humanidad».
Para los juristas argentinos, «El lanzamiento en las 48 horas iniciales del ataque de 800 misíles sobre territorio iraquí es el «shock»; Lo que verán los generales iraquíes al concluir el ataque es “awe”: “todas sus divisiones destruidas, y la Ciudad también No habrá en Bagdad lugar seguro”.
SEGÚN EL DERECHO INTERNACIONAL
Según el derecho internacional, son crímenes de guerra, entre otros, “ el ataque lanzado a sabiendas de que causará pérdida de vidas, lesiones a civiles o daños a objetos de carácter civil, o daños extensos, duraderos y graves al medio natural “emplear armas, proyectiles, materiales y métodos de guerra que, por su propia naturaleza…surtan efectos indiscriminados en violación del derecho humanitario internacional de los conflictos armados”, o “destruir bienes y apropiarse de ellos de manera no justificada por necesidades militares, a gran escala, ilícita y arbitrariamente”.
Según el derecho internacional, son crímenes de lesa humanidad, entre Otros, “los ataques generalizados o sistemáticos contra una población civil” cometidos “según la política de un Estado”. La declaración establece que: «En similares ataques anteriores (guerras del Golfo y de Kosovo) los mismos agresores presentaron como “daños colaterales” los ocasionados a población y objetivos civiles durante ataques masivos. Pero el Estatuto del Tribunal Penal Internacional considera conducta intencional la de quien, “en relación con una consecuencia, se propone causarla o es consciente de que se producirá en el curso normal de los acontecimientos” (art. 30).
La declaración concluye que: «resulta entonces - atendiendo a sus objetivos - que la asociación ilícita descripta ha sido concertada por jefes y altos funcionarios de varios Estados para cometer crímenes de lesa humanidad. En tal caso, su sola concertación es, en sí misma, un crimen de derecho internacional ya consumado» según lo establecido en el Fallo de la Cámara Federal Penal de la Argentina sobre la Operación Cóndor, que por ello dispuso la prisión preventiva y/o pedido internacional de captura de los ex jefes de Estado Videla. Pinochet, Banzer y Stroessner.
Por ello, «los altos funcionarios públicos que ahora preparan la guerra contra Irak deben ser juzgados con igual criterio y por los mismos delitos. El terrorismo internacional de uno o varios Estados no se legitima con el pretexto (real o falso) de combatir a otro terrorismo. El derecho de gentes es una barrera infranqueable en el seno de nuestra civilización».


CORTE PENAL INTERNACIONAL
ELECCIÓN DE JUECES Y JUEZAS

Luego de 33 rondas de votaciones, 18 juezas y jueces fueron electos a la Corte Penal internacional (GP 1). El panel incluye a siete magistradas, un acontecimiento histórico y sin precedentes, de una justa representación de mujeres en este proceso.
Las siete magistradas electas Son: Maureen Harding Clark (Irlanda), Fatoumata Dembele Diarra (Mali), Akua Kuenyehia (Ghana), Elizabeth Odio Benito (Costa Rica) Navanethem Pillay (Sudáfrica). Sylvia Helena de Figueiredo Steiner (Brasil) y Anita Usacka (Latvia).
Los jueces electos son: René Blattman (Bolivia), Adrian Fulford (Reino Unido), Karl Hudson-Philips (Trinidad & Tobago), Claude Jorda (Francia),Hans-Peter KauI (Ale mania), Philippe Kirsch (Canadá), Erkki Kourula (Finlandia), Tuiloma Neroni Siade (Samoa), Sang-Hyun Song (República de Corea), Gheorghios Pikis (Chipre) y Mauro Poiitti (Italia).
Las juezas y jueces serán juramentados en una ceremonia oficial a realizarse en La Haya, Holanda, en el próximo 11 de marzo.
El papel de los jueces, y el del Fiscal, que se espera sea elegido en la próxima sesión de la Asamblea en abril, es clave para dar forma a la Corte y hacer de ella una institución independiente, justa y eficaz que se ocupe de l crímenes de la más grave naturaleza que los individuos pueden cometer. El tratado constitutivo de la Corte, que entró en vigor el 1 de julio de 2002, ha sido ratificado, hasta el momento, por 88 países. En la votación de esta semana fueron 85 los Estados que tenían derecho a voto.
El procedimiento de designación de los jueces, tuvo en cuenta la necesidad de que los principales -sistemas jurídicos del mundo estuvieran representados, de que existiera -una distribución geográfica equitativa y de que se alcanzara una representación justa de mujeres y hombres magistrados. A los representantes se les requirió que votaran por al menos tres candidatos del Grupo de Países Africanos; dos de los Estados Asiáticos; dos de los Estados de Europa Oriental; tres de los Estados de América Latina y el Caribe, y tres de Europa Occidental y otros Estados. También se les requirió que votaran por al menos seis candidatos hombres y al menos seis candidatas mujeres.
Aquí en IUruguay, en un proyecto de instrumentación de la CPI, elevado al Parlamento por el presidente Batlle, la preocupación fundamental estuvo en recalcar que este instrumento, no debía alcanzar a los militares uruguayos, que aún continúan cometiendo el delito de desaparición de más de un centenar de uruguayos.


A 30 AÑOS LA JUSTICIA CHILENA RECREA FUSILAMIENTO
Cuando están por cumplirse 30 años del golpe militar del 11 de septiembre de 1973, la Justicia recreó días atrás el secuestro y posterior fusilamiento de 12 personas que trabajaban en el Palacio de La Moneda y que perdieron la vida el día en que se inició la dictadura liderada por Augusto Pinochet (1973-1990).
Las diligencias judiciales, estuvieron a cargo del juez Juan Carlos Urrutia, quien llevó a cabo la reconstrucción de la escena en un fuerte del Ejército chileno, donde fueron llevados los 12 colaboradores del entonces Gobierno del presidente Salvador Allende, que fueron detenidos durante el bombardeo a la sede del Poder Ejecutivo chileno.
En la oportunidad, estuvieron presentes todos los procesados por la causa, entre ellos el brigadier del Ejército, ya retirado. Pedro Espinoza (guien cumplió condena por el asesinato del ex canciller Orlando Letelier). y el capitán retirado .Juan Iván Herrera, así como seis suboficiales que participaron del fusilamiento de los detenidos.
Todos estarían confesos de haber detenido a las 12 personas y de haberlas llevado al fuerte militar, ubicado a unos 50 kilómetros al norte de Santiago. Mientras tanto, en Uruguay, se espera saber aún que ocurrió realmente con más de un centenar de uruguayos desaparecidos y que alguno más de los criminales acompañe a Juan Carlos Blanco, entre rejas.