jueves, 19 de mayo de 2005

Verdad y Justicia en la nueva coyuntura política.

Verdad y Justicia en la nueva coyuntura política.
Raul Olivera, integrante de la Secretaria de Derechos Humanos y Políticas Sociales del PIT/CNT. Intervención en la JORNADA "DICTADURA Y DERECHOS HUMANOS HOY", Sala Maggiolo Universidad de la República, 19 de mayo de 2005.


Queremos agradecer a las distintas facultades de la Universidad de la República que nos hayan hecho esta invitación, y saludar el hecho de que un día antes que en la décima marcha del silencio reclamemos en tres dimensiones del tiempo verdad, justicia, memoria y nunca más, se haya tenido esta iniciativa de convocarnos a reflexionar sobre historia y memoria de nuestro pasado reciente.
Alain Resnais decía que había que tener una memoria inconsolable, una memoria hecha de piedra y de sombras.
El consuelo suele ser concebido como un alivio, por eso este ejercicio de reflexión colectiva no busca aliviar nuestra memoria, por eso nuestra memoria es de piedra y no de polvo y siempre tendrá sombras que deberemos alumbrar.
La temática que nos han encargado abordar, versa sobre: Verdad y Justicia en la nueva coyuntura política. El tiempo que disponemos nos obligara a ser esquemáticos.
En Uruguay, la impunidad en cuanto ausencia de los derechos a la verdad y a la justicia, contrariamente a lo que comúnmente se piensa, no es el simple y lineal efecto de la ley de la caducidad de la pretensión punitiva del Estado. La impunidad uruguaya, es el resultado de una operación que asienta su efectividad en el poder político: más precisamente desde el partido que detenta el gobierno.
Afirmar esto, implica decir también que la instalación en el país de un gobierno que no este comprometido con la impunidad, instala un mapa político en el que se encuentra amenazado seriamente el sustento principal del sistema de impunidad. Estamos ante un dato de la coyuntura, muy fuerte.
Permítanme ahondar en esto. Los distintos países que en el pasado reciente fueron asolados por las dictaduras cívico – militares organizadas en torno al Plan Cóndor, luego o previo a la finalización de esos regímenes pretendieron asegurarse la impunidad futura sobre sus crímenes. Para ello el régimen de Pinochet se promulgó una auto-amnistía, los militares Argentinos se sublevaron para obligar que el gobierno de Alfonsín pusiera fin mediante las leyes de Punto Final y Obediencia debida a los juicios que amenazaban con llevar ante los tribunales a cientos de militares y policías autores de gravísimas violaciones a los derechos humanos. Y cuando eso no fue suficiente, se apelo a los indultos presidenciales de Menen.
En nuestro país, sin pintarse la cara ni sublevarse abiertamente, los militares lograron que se promulgara una ley de impunidad. Y nosotros hicimos algo que debíamos hacer, plebiscitar un derecho que es irrenunciable.
Y en todos lados, donde el manto de esas leyes no fue suficiente abrigo para amparar la impunidad, existió la amenaza militar, la complicidad y la cobardía, con contadas excepciones, del sistema político y judicial.
El fantasma de la amenaza militar, se devaluó cuando Pinochet fue desaforado y juzgado.
La valentía y el apego a las normas del derecho humanitario internacional de algunos jueces argentinos y chilenos, permitió que no pocos militares de esos países hoy estén procesados en causas por las que se creyeron a salvo por gracia de las leyes de impunidad.
No sucede lo mismo en nuestro país, parecería que la impunidad a la uruguaya, es perfecta.
No es perfecta, es distinta.
En Chile y Argentina las leyes de impunidad fueron iniciativas del sistema político, pero su aplicación quedó en manos del sistema judicial. Y esos sistemas judiciales han hecho, en algunos casos, buen uso de la legislación humanitaria internacional, para ir desarmando la impunidad instaurada por esas leyes. La nociones de imprescriptibilidad, de no amnistiables, de delito permanente de determinadas conductas delictivas delitos, han permitido producir grietas en los muros de la impunidad. Y en Argentina se avanzo aún más , anulándolas últimamente.
La ley de impunidad uruguaya a diferencia de la chilena o las argentinas, mediante el mecanismo de su artículo 3º, quita en gran parte la posibilidad de que un juez o un fiscal aplique la legislación internacional a la hora de considerar las violaciones a los derechos humanos del pasado. Dicho de otra manera, la ley 15.848 otorga al titular del Poder Ejecutivo el poder de determinar si un delito puede ser investigado y punido por la justicia o goza de impunidad. Ese es el mecanismo de impunidad que instauró la ley de caducidad en nuestro país. Mecanismo que dejó una cuerda suelta.
¿Cuál es la cuerda suelta? Si cualquier denuncia sobre hechos del pasado que implique el juzgamiento de un integrante de los servicios de seguridad de la dictadura, necesariamente debe terminar en manos del Poder Ejecutivo para que éste determine si hay impunidad o actuación de la justicia, un cambio de gobierno como el producido recientemente supone una verdadera amenaza a la impunidad.
El mecanismo de impunidad estuvo pensado en Uruguay, para que funcionara a partir de una alternancia en el gobierno de blancos y colorados. El talón de Aquiles de la impunidad, estuvo muy bien protegido en los gobiernos de Sanguinetti, de Lacalle o de Batlle. El Uruguay quiso los cambios y con ellos se desmantela la garantía de impunidad existente hasta el día de hoy.
Frente a gobiernos que tuvieron como preocupación fundamental el mantener la impunidad hemos tenido un constante reclamo para que asumieran el deber de atender debidamente las heridas abiertas en la sociedad uruguaya respetando las normas del derecho internacional.
Un nuevo gobierno que se ha expresado de manera tal que queda de manifiesto que su compromiso no es con la impunidad, nos obliga a reconsiderar estrategias sin modificar objetivos.
En este sentido hemos definido que nuestras acciones se orientaran a ser una contribución para que la forma en que se encare esta problemática, sea la adecuada, la mas correcta desde el punto de vista del derecho humanitario.
Junto con otras organizaciones de derechos humanos elaboramos una plataforma que consigna cuales son las asignaturas pendientes con nuestro pasado reciente y las formas de resolverlas para que el NUNCA MÁS, también reclamado por el nuevo Presidente sea realmente efectivo.
En ella recogemos los avances del derecho humanitario internacional, que ha establecido que la verdad sobre los hechos del pasado es necesaria e indispensable, y que ella es la base para que el Estado adopte medidas para rectificar y prevenir la realización de acciones similares en el futuro. En ese sentido debe investigarse y esclarecerse todos y cada uno de los delitos cometidos.
Para ello se debe habilitar el acceso a los archivos y otras informaciones en poder de instituciones y funcionarios o ex funcionarios del Estado.
Para saber lo sucedido con los detenidos desaparecidos, el Presidente Vázquez ha dicho que acudirá al artículo 4 de la ley de caducidad y ha facilitado que se dé comienzo a las investigaciones de científicos de la Universidad de la República en los establecimientos militares en los que se han denunciado enterramientos.
La habilitación del ingreso a esas dependencias militares, marca una inflexión importante con las conductas de los anteriores gobiernos, habida cuenta de que desde hace casi 20 años se ha estado denunciando que existen o existieron cementerios clandestinos de la dictadura en dichos lugares.
Sin embargo, habida cuenta que la normativa humanitaria internacional establece que la acción de la Justicia es necesaria para responsabilizar y sancionar a los autores, coautores y autores ideológicos de estos horrendos crímenes, no nos parece lo más adecuado acudir a un artículo de una ley cuestionada internacionalmente que justamente impide la acción de la justicia.
Otro aspecto no menor de la nueva coyuntura política esta marcado por el anuncio realizado por el Presidente, de que para él, un caso de desaparición y un caso de asesinatos, no entran en la ley de caducidad. Frente a las decisiones de los gobiernos anteriores, de que todo entraba en la caducidad, este anuncio tiene su importancia.
Los anteriores gobiernos cuando metían todo en la ley de caducidad, nunca nos dieron una explicación. Fue pura arbitrariedad.
La ley de caducidad establece determinados condicionantes para que una denuncia sea comprendida en ella. De ahí que el anuncio de que algunos casos no reúnan esas condiciones y queden fuera de esa ley, implicara sin duda, que con esa misma vara sean medidas todas las causas.
El artículo 72 de la Constitución establece que “la enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana...”. La Suprema Corte de Justicia en 1997 dicto una sentencia en la que establecía que ese artículo de la constitución antes mencionado, “...permite recepcionar todos los derechos humanos que consagran las convenciones o Pactos Internacionales”.
De ahí que suponemos que la recepción de derechos consagrados entre otros por la Convención Interamericana sobre Desaparición de Personas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, etc., sean los que determinen la exclusión de esos casos de la ley de caducidad, por parte de quien debe tener como guía de su acción la Constitución de la República.
Y como en este país, la Constitución establece que todos somos iguales ante la ley, esa igualdad ampliara seguramente los casos que no entraran en la ley de caducidad.
Sin embargo, el mantenimiento de los actos administrativos con que las administraciones anteriores comprendieron arbitrariamente casos de desapariciones en la ley de caducidad, entre ellos el propio caso de Maria Claudia García de Gelman y el de los asesinatos de Michelini, Gutierrez Ruiz, Whitelau y Barredo, constituye un verdadero obstáculo para recepcionar todos los derechos humanos consagrados por las convenciones o Pactos Internacionales.
El 1º de mayo el PIT/CNT expresó con claridad su rechazo a que el gobierno promoviera una reparación que equipare la situación de una victima de violación de sus Derechos Humanos por parte del Estado, con la situación de un policía o un militar caído en un acto de servicio. Dijimos en aquella oportunidad, que ello es jurídicamente inaceptable.
Dentro de los fundamentos de ese cuestionamiento, expresaba el PIT/CNT que los convenios y las leyes internacionales suscritas por Uruguay establecen que los Derechos humanos, fueron concebidos para proteger a las personas de los atropellos y las arbitrariedades de los Estados. A partir de ello queremos dejar planteado un problema que tiene nuestro ordenamiento legal y que deberá ser encarado.
El proceso penal en nuestro país carece de la figura del denunciante o querellante. De ahí que en una causa penal por violación a los derechos humanos, es decir ante un atropello o una arbitrariedad del Estado, las victimas son representadas por el Estado, que a su vez es el acusado. Por ejemplo, en la causa por la desaparición de Elena Quinteros, quienes hemos sido denunciantes, salvo en el corto periodo en que actuó el Juez Alejandro Recarey, nunca fue puesto en nuestro conocimiento el estado de las actuaciones que se cumplen. Hoy por hoy, no sabemos si el equipo que esta actuando en el batallón 13 de Infantería, lo está haciendo en el marco del proceso penal a Blanco, o de una investigación administrativa por el artículo 4º, o una averiguación del estilo de las practicadas por la Comisión para la Paz.
Creemos que se debe establecer en alguna norma y en las conductas políticas del Estado, que en todas las causas y acciones administrativas que impliquen denuncias de violación de derechos humanos, los denunciantes y las victimas puedan tener un papel activo en el desarrollo de los procesos.
Quiero terminar realizando este razonamiento. El Ministro de Economía al referirse a la situación de los deudores con el Estado, ha establecido determinados criterios y en torno a ese problema esta impulsando determinadas normas a nivel parlamentario.
Ha establecido por ejemplo, determinadas condiciones para que un deudor este amparado en ciertas condiciones de refinanciamiento. Ha dicho que los que deben hasta cierto monto de dinero, tendrán determinadas condiciones de refinanciamiento. La autoridad financiera, a la hora de resolver cada caso no podrá invocar que el espíritu de esa norma fue un perdona tutti de las deudas: Sino que deberá considerar cada caso, para determinar que regla se le aplica y debe estar en condiciones de rendir cuentas de sus resoluciones.
La ley de caducidad también establece determinadas condicionantes para que una denuncia quede amparada en dicha norma: que sus autores sean militares o policías, que fueran cometidos durante el llamado periodo de facto, por orden de los mandos y por móviles políticos y que no tuvieran para su autor provecho económico. Sin embargo, los poderes ejecutivos anteriores obviaron considerar esas condiciones establecidas en la propia ley y aplicaron un caduca Tutti. Y para colmo nunca nos rindieron cuentas de sus fundamentos.
Pero permítanme seguir con la similitud entre los anuncios del Ministro Astori que por otra parte son los del gobierno actual y este problema de la impunidad. El Ministro ha dicho que será inflexible con los deudores contumaces, para que eso sirva de ejemplo y nunca más alguien crea que puede enriquecerse impunemente con los dineros del Estado. Más aún, ha dicha enfáticamente que sus mayores esfuerzos estarán orientados para que sean ejecutados judicialmente Este nunca más, para el comportamiento de los agentes económicos, es el que reclamamos para los agentes del Estado que secuestraron, torturaron, vejaron, asesinaron y violaron la Constitución. Y por eso pensamos y así lo piensa la legislación internacional, que con ellos se debe ser inflexibles.
Pero además, el nuevo gobierno esta impulsando una ley que le permita hacer público el nombre de esos deudores contumaces. No hay ninguna ley en nuestro país que impida saber quienes han sido los violadores a los derechos humanos, sin embargo tenemos grandes dificultades para saber el QUIEN. Es bueno que la sociedad sepa quienes han hecho abuso de los dineros públicos y también lo es que sepamos quienes cometieron los crímenes más aberrantes.
Muchas gracias.

martes, 3 de mayo de 2005

MEMORIA E IMPUNIDAD.

Ponencia desarrollada en el Seminario de La Plata (Argentina) sobre “Memoria e Impunidad”.

“La historia no nos dio la espalda: Habla a nuestras espaldas”.
(Andrés Rivera, en La revolución es un sueño eterno).

Quisimos empezar estas reflexiones, con la sentencia que Andrés Rivera, un gran escritor argentino, pone en boca de Juan José Castelli. Corrijo, no en boca de Castelli, ya que este personaje, no habla, escribe pues un tumor le pudre la lengua.
Es posible que bajo este titulo “Memoria e Impunidad”, desarrollar desde varias perspectivas una reflexión. Sin embargo, es importante empezar por aquella que nos permita abrir interrogantes cuyas respuestas, si las logramos, nos sirvan para algo más que un simple ejercicio intelectual. Soy un sindicalista que se afilia a un concepto del término “cultura”, a partir del cual puedo sostener que desde este ámbito del que hacer social, se genera una forma especifica de cultura, que llamaremos la “cultura sindical”.
Es decir que denominamos “cultura” a una suerte de valores, saberes, creencias, certezas e ignorancias, del que un núcleo social es portador y trasmisor.
Lo mismo podría decirse de las instituciones políticas (los partidos), que generan una llamada “cultura política”, etc.
Es decir que más allá de una suerte de cultura dominante, que se trasmite de diversas formas en una sociedad determinada, existen y conviven también, ciertas formas de sub. culturas, que viven y se desarrollan en el ámbito de los sindicatos y de allí se traslada a las fabricas y los lugares de trabajo; que se viven y desarrollan en los ámbitos de las colectividades políticas y se trasladan a la vida social de las personas, etc. Es cierto, que también existen corrientes que recorren a la inversa esas rutas de trasmisión y por ellas van de las fabricas a los sindicatos y del ámbito social a las organizaciones políticas, etc.
Muchas veces, algunas de esas formas de la “cultura”, en determinados desarrollos de nuestras sociedades, se transformas en formas de “contra cultura”, en “culturas de resistencia”. Digámoslo de otra manera, la cultura que yo llamó sindical – al menos en un sindicalismo autentico, de clase – es generador de conductas en los sujetos portadores de ella, de valores de cooperación, de solidaridad, de saberes y creencias . Esa cultura, que convive generalmente en sociedades de consumo, de creciente individualismo, de insolidaridad. Esa cultura sindical a que hacemos referencia, no es “funcional a estas sociedades y vive en continua contradicción con los valores o la cultura dominante. En ese sentido es una “contra cultura”, o “cultura de resistencia”.
Los Estados, cualquiera sea su signo, son también generadores de formas de “cultura”. Pero con una gran diferencia, sus culturas, se transforman en códigos escritos, en leyes, en textos de enseñanza. Y fundamentalmente – y esto es importante para el tema que tratamos -, en la “historia oficial” de nuestros países. Y por otra parte su trasmisión cuenta con grandes ventajas: Están recogidas en la llamada “historia oficial”, y se trasmiten en los institutos de enseñanza, en las ondas radiales y televisivas “autorizadas”.
Muchas veces, experiencias históricas nos han mostrado, que esa omnipotencia de la “cultura oficial” o dominante, tiene su mayor enemigo en la “memoria de los pueblos”.
Con esto que he dicho, en esta breve introducción, no debe concluirse que todo aquello que en nuestras sociedad – y en el ámbito de la humanidad -, se transforma en Códigos, en Leyes, en Tratados, en jurisprudencia, es sólo y exclusivamente producto de la “cultura oficial”. Que todo lo que se trasmite por las instituciones de enseñanza, es el pensamiento, la “cultura oficial”.
En un aspecto que queremos plantear con relación a la relación de la Memoria y la Impunidad, no podemos obviar el papel que le cabe a un Estado democrático - a través de su sistema de justicia - en el encare de las violaciones a los derechos humanos cometidas por el propio Estado. En mi país, este es un aspecto, que no ha merecido, desde el punto de vista político, una reflexión seria y permanente que vaya incorporando las “nuevas” situaciones que se generan en dicho proceso. Salvo en un periodo de la llamada transición democrática (1985/86), en momentos en que la Justicia empezaba a actuar ante las violaciones denunciadas en Sedes Penales, ese aspecto, a quedado confinado, o a la esfera de las organizaciones de defensa de los derechos humanos y/o, a las organizaciones que se han dado las victimas o los familiares de las victimas. Esas organizaciones que han tenido un papel muy importante, en la configuración de los instrumentos jurídicos de carácter internacional, han actuado, en la mayoría de las veces, a impulsos de una resistencia al “status quo”, que han pretendido implantar los gobiernos.
La falta de una discusión desde la óptica de las organizaciones políticas y sociales progresistas, ha llevado muchas veces, a que estas tengan o bien una actitud pasiva , o bien hayan operado como acompañantes “solidarios” de las organizaciones humanitarias. En otros casos, han operado como articuladores o pasivos espectadores, de salidas de “oportunidad” política.
Por esa razón, y a la luz de las experiencias vividas, esta discusión que proponemos, debe ser una discusión generadora, de un debate, que abarque la consideración de este aspecto, en el marco de la lucha democrática por el cambio social.
Existe, en mi país, una operación política tendiente a confinar la solución del problema de los desaparecidos, a un problema de los familiares de las victimas. Ello, no ha permitido que el movimiento popular se pregunte, en la actualidad, sobre la utilidad social y democrática de la lucha por la VERDAD y la JUSTICIA, la lucha por la memoria y contra la impunidad y por consideraciones de tipo pragmático, este mayoritariamente embarcado en determinadas formas de encarar el tema de los delitos de lesa humanidad, que esta de espaldas a los avances que la humanidad a dado en los últimos años.
Uno de los teóricos del derecho natural, Hugo Grocio, soste­nía hace mas de 300 años, que el juzgamiento de los culpables de delito es necesario ‘‘para defender el honor y la autoridad de aquel a quien el delito ha lesionado, para que la ausencia de castigo no le degrade aun mas”. Cuando los avances de la humanidad han llegado a catalogar a las desapariciones como delitos contra la humanidad (“lesa humanidad”), la ausencia de castigo – de la que hablaba Grocio – degrada a una sociedad democrática, la hace menos democrática.
La democracia, no es votar cada 5 años. Debe ser sustancialmente un sistema de valores y de prioridades éticas, que sólo son reales, si éstas están firmes en la conciencia de los ciudadanos, si son parte de su cultura. Ese sistema de pautas valorativas, de funcionamiento de la sociedad, operan casi de forma au­tomática, cuando la vida democrática es plena. Son, según una feliz formulación, algo que “se lleva adentro, casi sin saber­lo, así como se lleva el lenguaje sin saber gramática, o el sentido común sin manejar lógica”. Son parte de una “cultura”
Cuando esas pautas fueron conmovidas por años de despotismo, no nos alcanzó con res­taurar las instituciones y las formas ju­rídicas externas, hoy a mas de 15 años de desplazada la dictadura, hablamos de profundizar la democracia.
El terrorismo de Estado, creo y desarrollo también una suerte de “cultura” del miedo, del silencio, del terror. Cultura, que se generó desde el propio Estado, que impregnó cada rincón de nuestras sociedades. Las elecciones democráticas, no son suficientes para erradicar, esa cultura depositada en la sociedad, en sus instituciones.
Un papel importante, en la erradicación de los efectos del terrorismo, es la memoria.
Es cierto que el sentido que se deriva del conocimiento de hechos aberrantes y de identificar a sus autores y aplicarles el justo castigo, opera en el sentido de impedir su repetición y de facilitar depuraciones posteriores ya sea por vía administrativa o sociales, esto es, de sanción no jurídica sino moral.
También opera en el sentido, nunca despreciable, de debilitar el aparato burocrático estatal, poniendo en evidencia sus inconsecuencias. El principal valor de la lucha por la verdad y la justicia en este aspecto, es ideológico.
En esa batalla el plano jurídico resulta esencial. Históricamente, en el Uruguay, las organizaciones de izquierda ha tendido a subestimar el papel del Derecho en los cambios sociales, y ello ha influido en la acción de las organizaciones sociales.
Si bien es cierto, que en buena medida, el Derecho es uno de los esquemas de dominación social, también es el resultado de las luchas sociales y logra reflejar los logros y fracasos de las luchas populares. ¿ Nos preguntamos, la Sentencia del Juez Federal Gabriel Caballo y el reciente dictamen del Fiscal de la Nación, en contra de las leyes de impunidad argentinas, acaso no refleja y sintetiza las luchas desde la sociedad civil?.
Muchas posiciones que aparentemente se ubican en la izquierda más radical, ven el derecho y su resultado, la aplicación de la ley, que comúnmente llamamos “justicia”, como una simple máscara de la dominación de la burguesía. Esas posiciones ignoran que la burguesía, al haber fundado su legitimidad de dirección política en base a la vigencia de los derechos humanos; esta clase social se inoculó de un germen que pude conducirla a su propia destrucción.
Históricamente la clase burguesa -que ya había conseguido el predominio económico a través de los absolutismos monárquicos nacionales- tuvo que complacer a los capas populares para la toma del poder político. Para ello, debió pagar el precio de formular los Derechos Humanos como base legitimante de esa conquista política (Libertad, Igualdad, Fraternidad).
A partir de ahí, la historia posterior de las luchas populares contra ese poder político burgués; es la de los intentos de hacer realidad el programa de la revolución francesa. Culminar lo que, tras la promesa inicial, la burguesía truncó.
Esa lucha implica necesariamente la adopción por parte del movimiento popular, de esas bases legitimantes ideológico-jurídicas de amplia aceptación popular; y su pleno desenvolvimiento. El campo de la lucha, para decirlo de otra manera, pasa por la demostración acabada de que la clase cuyo desplazamiento se busca, ya no resulta efectiva en la realización de los fines sociales comúnmente aceptados.
Las experiencias mas generales de la historia y de los procesos de cambios sociales de carácter revolucionario, han puesto en cuestión, un aspecto que hace a la reflexión que queremos realizar. Ya no se trata de construir una sociedad por completo ajena a la vigente, para sustituirla por la vía de un cambio violento, en el que todo lo anterior desaparece de un día para el otro. No existen en la historia sustituciones totales de una sociedad por otra, sin trazas de la primera.
¿Estamos proponiendo una visión evolucionista, reformista?. Por supuesto que no, estamos afirmando que en este aspecto, la cuestión es dialéctica: consiste en la síntesis de los elementos positivos de una sociedad con su negación, pero siempre recogiendo lo salvable del esquema primario. La visión contraria, es la que ha posibilitado que en el terreno de la justicia, se sostenga aquello de la “justicia burguesa” y la “justicia popular”.
Nuestra visión de esta problemática, no excluye, desde luego, a los cambios revolucionarios; pero lo que decimos es que por mayores que sean los trastornos sociales, siempre hacen pié en parte de la base de apoyo del mismo sistema que se pretende cambiar, y rescatan su legitimación previa . Y esas legitimaciones, por lo general, revisten formas jurídicas.
Así, es de principal interés estratégico la lucha por la vigencia de los DDHH; por encima incluso de la reconstrucción meramente histórica, porque esto es lo que le va a dar al pueblo armas futuras de combate ideológico, al mismo tiempo que, por otro lado, le roba banderas al discurso burgués.
Los trabajadores, muchas o la mayoría de las veces, reivindicamos la libre agremiación, la huelga, un salario justo, etc, y nos lo formulamos como una conquista que es parte de una composición de la sociedad del futuro y no como un derecho de la actual sociedad en que vive. En el tema de las consecuencias del pasado dictatorial, estamos peleando por derechos que alguien en el pasado subestimó. El cumplimiento de mandatos constitucionales, de convenios y tratados internacionales, tiene derivaciones que los sistemas políticos han vislumbrado y por ello su política de ignorar su existencia, recortar su vigencia. Pongo dos ejemplos actuales de mi país: Al mismo momento que suscribe el Estatuto de la Corte Penal Internacional, pretende en la legislación interna, incorporar una interpretación del mismo, que proteja de cualquier eventualidad, la impunidad de los militares uruguayos; y por otro lado, en una ley que supuestamente esta dirigida a amparar el derecho a la información, pretende impedir por 10 años más, la información en poder del Estado, sobre el destino de los desaparecidos.
Ese intento de ignorar la existencia, de determinados derechos, ha sido acompañada de una estrategia de la llamada administración del poder del saber. Las escuelas de derecho, mas que escuelas de aprendizaje de la lucha por la vigencia de lo justo, han sido, por lo general (aunque con honrosas excepciones), escuelas de una forma de “administrar” los derechos desde el punto de vista “político”. Quizás una muestra de esto pueda encontrarse en la predominancia de actores y administradores políticos, que emergieron de las aulas de Derecho.
Vivimos un mundo en profundas y vertiginosas transformaciones. Muchas veces, nos hemos quejado de la lentitud que tienen la incorporación de determinados instrumentos jurídicos de carácter internacional, a las normas que rigen el comportamiento de la humanidad. Ese desfasaje entre los cambios que en nuestras sociedades producen las nuevas tecnologías y las nuevas formas de la economía, y la incorporación de las mencionadas normas jurídicas de carácter internacional – y fundamentalmente en el derecho humanitario -, hace que instrumentos como por ejemplo, los derechos civiles y políticos, ya no sean funcionales para el capitalismo de estos tiempos. Auguramos, épocas de profundas transformaciones regresivas, que necesitaran de le legitimidad de nuevas legislaciones nacionales e internacionales que constituirán, sin ninguna duda, retrocesos. Frente a ello, necesitamos desarrollar una cultura de la resistencia, que la globalice, que la desarrolle en las movilizaciones, en la teoría, en el plano jurídico, en el plano de las propias instituciones del Estado.
Empezamos estas reflexiones que nos dejan planteadas muchas preguntas, que seguramente necesitaran, de muchas reuniones como estas, para quizás lograr aproximaciones a las respuestas, citando unos párrafos de Andrés Rivera. Permítanme, al igual que como él termina su libro “La revolución es un sueño eterno”, terminar este aporte. “Entre tantas preguntas sin responder, una será respondida: ¿Qué revolución compensará las penas de los hombres?