sábado, 2 de febrero de 2013

ANTES DE SALIR PARA LA PLAZA.

ANTES DE SALIR PARA LA PLAZA.
(02-02-2013)


El momento que vivimos hoy con relación a la lucha por Verdad y Justicia, torna necesario e imprescindible algunas reflexiones políticas que orienten el rumbo a seguir, para que el “momento” que hoy vivimos no se tornen un largo periodo. Y también para ayudar a las eventuales, estrategias jurídicas.

Esta claro que como veníamos sosteniendo, el Uruguay esta al final de la tabla del ranking de los estados latinoamericanos con relación a sus políticas públicas en derechos humanos.. A fines de los años 80, en una de las principales batallas jurídicas -los recursos promovidos por las víctimas de inconstitucionalidad de la reciente aprobada ley de caducidad, perdimos 3 a 2. Más de 20 años después en otra crucial batalla jurídica, el viernes pasado, en un recurso esta vez planteado por los victimarios, perdimos por goleada: 4 a 1 y para colmo nos inhabilitaron una semana antes a uno – sino el más experimentado y mejor jugador que contábamos. Con el traslado de la Dra. Mariana Mota, es como si se nos expulsara a Luís Suárez.

Como la ley de caducidad, trasladaba al ámbito político la definición de si podía o no hacer justicia en el Uruguay de entonces, no había porque expulsar jueces, sino legisladores intransigentes y peleadores, y por ello expulsaron del Senado a José Germen Araujo.

En aquellos años, los ciudadanos tomamos conciencia de que en la interpretación, de las normas que rigen la convivencia entre los ciudadanos, había dos bibliotecas. Las de aquella mayoría de la SCJ que santificó los mecanismos perversos de la ley de caducidad, y las de Jacinta Balbela y García Otero que se les opusieron.

Hoy, 20 años después y con el avance que ha dado la humanidad en sus normas de protección y promoción de los derechos humanos, sigue habiendo dos bibliotecas y solo la de uno de los Ministros de la Corte – la del Dr. Pérez Manrique -, es aceptable. Pero a diferencia de los años 80, el Fiscal de Corte Dr. Jorge Díaz, discrepó con la opinión mayoritaria de la Corte que declaro inconstitucional los artículos 2 y 3 de la ley 18.831.

Es cierto que esas voces discordes, no cambian la decisión. Pero también es cierto que ayuda según los caminos que se emprendan para enfrentar este malón. Tampoco cambió en tiempos pasados la situación, la discrepancia de Balbela y García Otero, pero ayudaron en las largas batallas que hasta hace muy poco dimos para que se reconociera la inconstitucionalidad de la ley de caducidad. También es cierto, y ello hará necesario aplicar la mayor madurez a nuestros posicionamientos, que la decisión de la Corte esta íntimamente ligada al traslado de Mariana Mota y la falta de explicaciones sobre ello de las máximas autoridades judiciales, en las que el discrepante Pérez Manrique se alineo con el resto de la SCJ.

Resumiendo, tenemos una decisión mayoritaria, no compartida por un Ministro y el Fiscal de Corte y eso hay que incorporarlo sin prejuicios. Esto es importante tenerlo en cuenta, pues no nos encontramos ante un mero debate jurídico. Hay un debate político, una batalla por la opinión institucional y pública a nivel nacional e internacional, que se debe articular con el desplazamiento de Mariana, al palo en la rueda al ICIR (impuesto a la tierra de los más ricos) y la falta de transparencia de las decisiones administrativas de la SCJ.

Y las batallas por la opinión pública se ganan cuando se tiene la capacidad para resolver adecuadamente dos aspectos. Por un lado una síntesis clara en la que se resuma adecuada y claramente lo que esta en juego; y por otro lado, lograr sumar fuerzas tras esa síntesis. Todo aquello que descentre, las discusiones, que desvié los ejes de la discusión, flaco favor le hace a nuestras luchas.

Sobre el primer aspecto, una síntesis clara en la que se resuma lo que esta en juego, creo que en el caso del desplazamiento de Mariana Mota, la idea fue bien planteada y así lo entendió la gente: la sacan arbitrariamente porque era la jueza más activa y comprometida con los derechos humanos.

Sobre la Sentencia de la mayoría de la Corte, la idea fuerza es que l Estado uruguayo en su conjunto, por acción de uno de sus poderes, el menos democrático por su forma de designación, se opone a la voluntad del Poder Ejecutivo y del Parlamento que definieron cumplir con la Sentencia de la Corte IDH. Dicho de otra manera, lo que esta en cuestión es si Uruguay acata o desacata sus compromisos internacionales, cumpliendo o no, la Sentencia condenatoria en el caso Gelman.

O más claro aún. Al igual que con la inconstitucionalidad del ICIR, de favorecer a los más ricos, a los grandes propietarios de la tierra, con la decisión sobre la ley 18.831, se favorece a los asesinos, torturadores, desaparecedores y violadores. Eso es lo que la gente debe entender.

Y el sistema político, el gobierno debe entender, que el Uruguay caerá en responsabilidad internacional y con eso caerán los sueños de un papel del Uruguay en el concierto internacional.

La responsabilidad internacional es del Estado uruguayo en su conjunto, de ahí que desde el Parlamento y el Poder Ejecutivo se deben tomar iniciativas, so pena de ser también responsables del incumplimiento de la Sentencia, por omisión.

El 21 de octubre de 2011, el PITCNT con un conjunto de organizaciones sociales, en momento en que el parlamento se aprestaba a sancionar la ley 18.831, expresaba en un comunicado público, que el contenido de dicha norma era de “ responsabilidad exclusiva del sistema político” y que pensábamos “ que la formula que impulsamos” en aquel momento, “era la más adecuada para dar cumplimiento a lo ordenado por la Corte IDH, no obstante abrigamos la firme esperanza que el camino que finalmente se adopte, sea realmente efectivo para erradicar definitivamente la impunidad de nuestro país”.

La ley 18.831, fue la consecuencia de una decisión política del Estado uruguayo en su conjunto, de cumplir con lo establecido por la Corte IDH. A la luz de la decisión de la mayoría de la SCJ, no resulto realmente efectiva para erradicar definitivamente la impunidad en el Uruguay. De ahí que como bien lo señala una declaración del PVP y la agrupación Arerungua “la mayoría de la SCJ contradice la voluntad expresada por los otros dos poderes del Estado, de cumplir cabalmente con la sentencia de la Corte IDH, haciendo caer en responsabilidad internacional al Estado uruguayo, por lo que es de esperar que se tomen los recaudos que sean necesarios para evitar esa situación que coloca al país muy desfavorablemente ante el concierto internacional”.

De ahí que una línea de acción importante esta radicada en la denuncia internacional y sobre todo ante la Corte IDH. Si la Corte IDH observa el incumplimiento a partir de la sentencia de la SCJ, ¿Qué actitud toma el Estado uruguayo?

Sobre la segunda condición, lograr sumar fuerzas, es importante que el Frente Amplio se haya sumado, como lo ha hecho convocando a la movilización del lunes y en otras iniciativas. Reconocer eso como positivo, no debe entenderse como una neutralización de los errores y las vacilaciones que en este tema ha tenido la fuerza de gobierno. Es importante que desde las organizaciones sociales, no contribuyamos a tirar el niño con las aguas, evitando la proliferación de visiones que priorizan “ajustes de cuentas” legítimos y muchas veces fundados a los objetivos estratégicos de la lucha por verdad y justicia.

De instalarse la lógica de la impunidad, que se trasluce con meridiana claridad en la Sentencia Nº 20 de la mayoría de la SCJ, no sería de extrañar que con relación a los militares presos en Domingo Arena o haciendo turismo médico en el Hospital militar, los lleve a librarlos de la cárcel, al igual que cualquier rapiñero.

Raúl Olivera Alfaro



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