lunes, 2 de diciembre de 2013

REPORTAJE EN REVISTA "No te olvides".

CON EL OBSERVATORIO LUZ IBARBURU. Con el objetivo de que el número último de este año incluyera un estado de situación de la lucha contra la impunidad a nivel de la justicia, conversamos con Raúl Olivera, integrante del Observatorio Luz Ibarburu. ¿En qué situación nos encontramos hoy? Si bien aún no hemos hecho un balance global del estado de situación en que nos encontramos hoy, lo cierto es que tenemos en nuestra agenda colectiva como Observatorio e individualmente cada organización que lo integramos desafíos pendientes que deberemos pensarlos a la luz de avances logrados y los obstáculos existentes En los primeros meses de este año, sufrimos dos duros reveses: el traslado de la jueza Mariana Mota y la inauguración de una serie de sentencias de la mayoría de la Suprema Corte que empezó a levantar la confesada por su Presidente Ruibal Pino, muralla de contención para los avances que se estaban operando en el Uruguay en el sentido de poner fin a largas décadas de derechos a la verdad y la justicia ignorados. En las Sedes penales donde se radican según nuestros registros más de 220 causas relacionadas al terrorismo de Estado, articulada con las mencionadas sentencias de la mayoría de la Corte, se produjo una serie de acciones claramente concertadas por las defensas de los terroristas de Estado. Recursos de inconstitucionalidad contra la Ley 18.831 y contra las investigaciones penales en curso aduciendo la prescripción de los delitos. Al mismo tiempo, la obligada colaboración de los organismos estatales de brindar información existente en sus archivos – principalmente del Ministerio de Defensa -, seguía siendo escasa o nula. Pese a que en varias causas existían avances que auguraban la continuidad de nuevos procesamientos, las situaciones antedichas las han demorado hasta ahora. Mientras este año murieron varios de los procesados, testigos y denunciantes. En esta batalla que estamos desarrollando, también contra el tiempo, los resultados no han sido alentadores. A ello hay que sumar la absolución de tres imputados, aunque solo en un caso significó la recuperación de la libertad. ¿Todo un panorama desalentador? Diremos que un panorama complicado. Veamos: si bien la batalla que sigue dando la Dra. Mota, no obtuvo resultados en su primer recurso ante la propia Suprema Corte, el apoyo nacional e internacional que continua recibiendo no puede catalogarse como una batalla perdida. Están en tramite nuevos recursos nacionales y en el futuro también a nivel internacional. Esta vez esta arbitraria situación no pasó en vano como ocurrió en el pasado con situaciones similares y eso es algo positivo. Si bien es cierto que los sucesivos resultados de los recursos de inconstitucionalidad contra la ley 18.831, continuaron siendo tan retrógrados y violadores de la normativa internacional, como el primero, también es cierto que a nivel de muchos de los fiscales, de algunos jueces de primera instancia y en algunos de los Tribunales de Apelaciones, se tomaron decisiones donde hay un claro desafió a las posiciones sustentadas por la mayoría de la Corte. Tanto sobre la prescripción de los delitos, la aplicación de las normas del derecho internacional y el cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH. Por ejemplo en el caso de la denuncia del periodista Rodolfo Porley, la defensa de los militares solicitaron el archivo de la denuncia argumentando lo mismo que sostiene la Corte, que los delitos habían prescripto a lo que la jueza Larrieu – la que sustituyo a Mota-, se negó. Los militares apelaron y el Tribunal Apelaciones por unanimidad le dio la razón a la Dra Larrieu. De igual manera opino ese mismo Tribunal de Apelaciones en la denuncia de la muerte del dirigente ferroviario Gilberto Coghlan. Hay más casos, donde jueces y fiscales debieron pronunciarse negativamente sobre la prescripción de los delitos y la intención de los militares de que esas denuncias fueran archivadas. En resumen, en esas determinaciones se opera una clara línea de argumentaciones y posicionamientos jurídicos desafiantes a las opiniones de la mayoría de la Corte. ¿Una rebelión de los jueces? Quiero ser más cauto a la hora de afirmar eso. ¿Porqué mi cautela? En primer lugar la principal rebelión es la de la mayoría de la Corte contra las obligaciones que tiene el Estado uruguayo. Esa rebelión o desacato, mereció comentarios muy duros del Relator Especial de las Naciones Unidas para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición Sr. Pablo de Greiff en oportunidad de realizar sus observaciones preliminares al final de su visita oficial al Uruguay: “nada parece amenazar más las posibilidades de progreso en el área de la justicia que decisiones recientes de la Suprema Corte de Justicia. Estas decisiones han despertado alarma tanto en el Uruguay como en la comunidad internacional”. Más adelante dice el Relator de ONU que la mayoría de la Corte uruguaya: “adopta posiciones que claramente no coinciden con tendencias jurisprudenciales actuales manifiestas por decisiones de cortes en diferentes partes del mundo, las cuales, enfrentando cuestiones similares a las que consideró la Corte Uruguaya, han llegado a conclusiones diferentes. Esto incluye temas tan básicos como la forma de integrar obligaciones internacionales, el uso de tipos criminales comunes en el derecho internacional como los crímenes de lesa humanidad, y en últimas, la forma de dar cumplimiento a sentencias de tribunales regionales con cuya jurisdicción Uruguay se ha comprometido. Lo que está en juego no es poco. En últimas, estas son obligaciones del Estado de Uruguay y la Corte, es por supuesto parte de ese Estado”. En segundo lugar, no todos los jueces actúan con ese criterio afin al cumplimiento de la normativa internacional. Tal es el caso de la Dra Canessa en la denuncia de la muerte de Edgar SOSA y el juez Timbal en el caso de la muerte de Enrique Piegas, donde ambos magistrados decidieron el archivo de las causas por haber prescrito los delitos afiliándose a la posición de la mayoría de la Corte. En resumen, hay un debate jurídico en el que se puede percibir avances en la incorporación de la normativa internacional y una voluntad de cumplir con las obligaciones internacionales del Uruguay, que por supuesto colisiona con las de la mayoría de la Corte. ¿Habrá que esperar que cambie la integración actual de la Suprema Corte? Y que el país democratice el acceso a ese máximo órgano de un Poder del Estado. Por otro lado hay una situación a ese nivel que será interesante saber cómo se resuelve. ¿A qué te referís? El apartamiento del Presidente de la Corte en la consideración de los recursos pendientes de resolución a raíz de sus declaraciones sobre la “muralla”, trajo como consecuencia que sean incorporados a la Suprema Corte para resolver esos recursos diversos integrantes de los Tribunales de Apelaciones. Eso por supuesto no afectara los resultados de sus decisiones en las que continuara primando la mayoría ya expresada en las anteriores decisiones, pero marcará hasta donde calaron las señales dadas por la mayoría de la Corte, en quienes en el futuro podrían eventualmente pasar a integrar la futura suprema Corte cuando se produzcan las vacantes dentro de un par de años. ¿Deberemos esperar entonces? No deberemos eguir dando la batalla. El Estado debe resolver ya esta situación donde un Poder del Estado que no lo puso allí la ciudadanía resuelva en contra de lo que resolvieron otros os poderes elegidos por la ciudadanía y de lo que mandan los acuerdos suscritos por el país. Si no se resuelve eso, no somos un país serio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario