miércoles, 30 de diciembre de 2015

EL GESTO DE GESTO.

EL GESTO DE GESTO.

            Aprovechando la siesta veraniega, en que se hunde el Uruguay a partir de las fiestas navideñas,  el Juez de Sentencia Dr. Martín Gesto tuvo, según el vocero de la Suprema Corte de Justicia Dr. Raúl Oxandabarat, un gesto “humanitario” y resolvió que dos criminales seriales como José Nino Gavazzo y Ernesto Ramas cumplan la sentencia en sus domicilios.
            De esa manera, abandonan las confortables y privilegiadas instalaciones del Hospital militar en el que se encontraban desde largo tiempo atrás instalados.
            El gesto, de Gesto, carece por supuesto de un elemento esencial de todo acto de justicia, que también y esencialmente es un acto humanitario para las víctimas, No es ecuánime, puesto que no está vinculado a lo justo. Si la Justicia debe actuar y resolver los conflictos con equidad, razón y derecho, esta decisión en nada contribuye a que el ciudadano sienta que esa institución representa el consenso social que determina qué es bueno y qué no lo es.
         El artículo 9º de la ley 17.897 (de humanización del sistema carcelario) estableció en su momento, que el juez podía disponer la prisión domiciliaria a mayores de 70 años. Pero esa posibilidad no era aplicable cuando el reo cometió homicidio con circunstancias agravantes o previstos en la ley 17.510 (estatuto de Roma) que establece, entre otros, los delitos de lesa humanidad. Es más, la norma establecía que a la hora de considerar ese acto “humanitario”, debía considerarse, especialmente, las circunstancias del delito cometido.
         Entre otros, José Nino Gavazzo fue condenado como autor responsable de veintiocho delitos de Homicidio muy especialmente agravados, en reiteración real; procesado como coautor del asesinato del maestro Julio Castro; y coautor penalmente responsables del delito de homicidio muy especialmente agravado de María Claudia García de Gelman.
         Por su parte Ernesto Ramas fue condenado como autor responsable de veintiocho delitos de Homicidio muy especialmente agravados, en reiteración real.
La lista de crímenes se agrandaría exponencialmente, si los poderes del Estado de una u otra manera no siguieran siendo omisos en cumplir su obligación de asegurar un proceso de justicia eficaz y en tiempos razonables.
Los seres humanos estamos condenados a morir por razones biológicas, otros murieron –como el maestro julio Castro -.por decisión de gente como Gavazzo y Ramas. Puede pensarse, haciendo abstracción a casos concretos, que someter a la persona mayor de 70 años a condiciones que, pueden indirectamente acortarle la vida e imponerle una segunda pena que anticipa aquella que le ha reservado el ciclo biológico, no es humano. Pero no nos encontramos frente a ninguna abstracción. Gavazzo y Ramas le aplicaron injusta y cobardemente la pena a María Esther, a Luz, a Tota y muchas otras, de agotar su ciclo biológico sin saber qué pasó con sus hijos. Y seguirán con sus silencios y chicanas condenando a otras María Esther, otras Luz, otras Totas.
         Estos dos reos, que por razones de la sin razón aún detentan el grado, y los privilegios de su rango militar, en el mismo momento en que salían para sus domicilios, continuaban cometiendo el delito de desaparición. Puede ser discutible jurídicamente, que a la hora de tipificar un delito, los jueces procesen o condenen a desaparecedores como homicidas, ignorando que la víctima continúa desaparecida. Lo que escapa a la razón – atributo para ser ecuánimes-, es que quienes saben y no dicen, por ejemplo el destino cierto de los desaparecidos, se beneficien de supuestos gestos “humanitarios”.
         Finalmente, la decisión del Dr.Gesto, necesitó – además de otras opiniones -, una del Ministerio Público y Fiscal. Sería interesante, que esa institución que declara trabajar para que desde el Estado exista una política de persecución criminal de los delitos de terrorismo de Estado, también  se haga cargo de estos gestos que empezaron por sacar del Hospital militar a asesinos y torturadores y que hace sospechar que por esa ecuanimidad tan especial, continúe con los reos de la cárcel privilegiada de Domingo Arena.

Raúl Olivera Alfaro

Integrante de la secretaria de DD.HH del PIT/CNT.

No hay comentarios:

Publicar un comentario