UN
SOLO DEMONIO:, LA BATALLA SOBRE LA VERDAD A 40 AÑOS DEL GOLPE DE ESTADO.
(Publicado en Revista "Compañero".Julio 2013)
Muchos consideran
más apropiado resaltar en este aniversario, la huelga general, que al golpe de
Estado. Y lo fundamentaran en la importancia que esta tuvo, como respuesta
desarrollada por el movimiento popular uruguayo a la consolidación del
autoritarismo cívico-militar. Y por si eso fuera poco, podrían decir, que
golpes de estado del mismo cuño, hubieron muchos en América Latina en ese
periodo histórico. Y qué lo novedoso, fue que en ningún país existió una
resistencia popular mediante una huela general que se extendió por muchos días
con ocupación de los lugares de trabajo por parte del movimiento obrero y los
centros de estudio por parte del movimiento estudiantil.
Pero lo que sucede,
es que cada día de esa huelga, esta registrada. Es indiscutible, está fuera de
todo cuestionamiento que la entronización del autoritarismo cívico-militar
enfrentó una resistencia popular y que esa resistencia se extendió luego que se
levantara la huelga general en el país y fuera de él. Lo que a partir de la
extensión del terrorismo de estado a todos los niveles de la sociedad uruguaya,
fue y es objeto de una lucha por la verdad, es la esencia misma de ese
terrorismo de estado.
La Lucha por desnudar
esa esencia del terrorismo estatal de la dictadura, mientras esta existió, y
aún luego de conquistadas las libertades democráticas, tuvo sus etapas, sus
prioridades, su proceso y su dinámica. Desenmascarar ante el mundo lo que ocurría
en todas las dictaduras encaramadas en los países de nuestra América, fue un
aspecto esencial de la lucha política por el retorno de las democracias en el
cono sur.
Producido el
retorno de las democracias, cuando había que saldar el pasado con verdad y
justicia, otras fueron las etapas, las prioridades, los procesos, sus
dinámicas, y sobre todos sus dificultades.
No todas las
corrientes de la izquierda latinoamericana, en sus comienzos entendieron a
cabalidad el significado profundo de las batallas que se desarrollaron con los
testimonios de la s victimas, las campañas a lo largo y ancho del planeta, y
sobre todo la articulación de esas acciones con el vasto movimiento humanitario
existente, sobre todo en Europa. Entender adecuadamente que no se trataban las
denuncias de violaciones a los derechos humanos, de un mero instrumento de
lucha política, significaba un cambio profundo en una cultura dominante en la
izquierda. En muchos de esos sectores, ese cambio cultural, se produjo
trabajosamente. En otros aún hoy tienen dificultades para asumirse.
Instaladas las
democracias en complejos procesos de transición, la incomprensión de la
importancia de la continuidad de la lucha por los derechos humanos como parte
de la profundización democrática, empezó a marcar diferencias en la propia
izquierda. En sectores de los partidos tradicionales de activa oposición a la
dictadura, salvo por algunos desprendimientos de sus filas de algunos de sus
dirigentes y muchos de sus hasta entonces votantes, supo reagrupar sus filas en
el campo de una política en este tema de marcado cuño conservador.
Sin embargo, en
el terreno de la izquierda el peso de la militancia de base y la acción
efectiva de algunos grupos de la izquierda, logró –no sin dificultades-, que
esas visiones, transitoriamente se vieran neutralizadas, aunque no superadas.
En ese
escenario, la teoría de los dos demonios, funcional a perspectivas históricas
sobre el pasado reciente tanto de derecha como de algunos sectores de la izquierda,
dificulto y dificulta aun en nuestros días el desarrollo de una batalla efectiva
sobre la verdad histórica.
En ese
escenario político de los dos demonios, no solo la derecha se ha sentido
cómoda. Esa teoría y la determinación política de la verdad instalada con la
ley de caducidad y sus consecuencias, cerró un círculo en que la verdad de
nuestro pasado reciente quedó librada a una correlación de fuerzas política en
el campo de las ideas, donde, como dijimos, una teoría de los dos demonios fuue
funcional a unos y a otros.
Pero la verdad
envilecida por la teoría de los dos demonios, no pudo ocultar que en el Uruguay
hubo un golpe de estado que instaló una dictadura. Y que a partir de ello, se
desplegó un escenario de la lucha política, ética y cultural, entre democracia
versus dictadura. Y que esa la lucha democrática, sigue hoy en torno a la
verdad sobre nuestro pasado como plataforma factica sobre la que se asienta la realización
de un inexorable proceso, tarde o temprano, de Justicia.
Desde el
asesinato de Ramón Peré en pleno desarrollo de la Huelga General hasta el
asesinato del Dr Vladimir Roslik en las postrimerías de la dictadura, y en el
periodo previo a la misma, se desarrollo un proceso que es sano para las
generaciones futuras, sacarlo de las determinaciones historiografía política o
las dos verdades “folkloricas” de cada uno de los demonios. Aunque aún no lo haya
asimilado una parte de la izquierda, en los expedientes judiciales se está
instalando, trabajosamente, una dimensión importante de nuestra historia.
Un capitulo de
ella – pero hay unas cuantas más -, esta escrita, por ejemplo, en la sentencia que
condeno al General Dalmao por el asesinato de Nibia Sabalzagaray. Allí. Además
de hacerse justicia se laudo una de las batallas sobre la memoria y la verdad.
Allí se infligió una contundente derrota al sostenido esfuerzo desarrollado por
las fuerzas armadas, intentando instaurar una suerte de “verdad” abiertamente
reivindicativa del comportamiento y la acción de la dictadura.
Un ejemplo de
ello puede encontrarse en la versión sobre la muerte de Nibia Sabalzagaray recogida
en el expediente de la justicia militar. Sobre esa verdad de la justicia militar,
dice hoy la justicia ordinaria: “Las
actuaciones llevadas a cabo a consecuencia de la muerte de Sabalzagaray, y
respecto de ellas no podemos soslayar la franca pobreza investigativa, que no
reconoce otro motivo que el interés de las autoridades de la época de no dejar
al descubierto la verdad de lo acontecido”.
Desenmascarar
esa suerte de versión bastarda de la dictadura, necesito desarrollar, tanto una
batalla desde el ámbito académico, como desde el ámbito de la acción del
sistema judicial, donde se establecieron en importantes sentencias las
plataformas fácticas en que se fundamentaron las pretensiones punitivas de las
fiscalías y los procesamientos y condenas de los militares, policías y civiles.
Unas y otras investigaciones –históricas y forenses -, contribuyeron a desarmar
la visión de las fuerzas armadas y de algunos sectores civiles.
En esas
batallas sobre la verdad y la memoria, las iniciativas que encargaron el cumplimiento
del artículo 4to a los fiscales militare; y la verdad “posible” pergeñada desde
la Comisión para la Paz, no eran solamente intentos de consolidar la impunidad
de la pretensión punitiva del Estado, sino también asegurar la impunidad sobre
una verdad sustancial, aquella que puede afectar la libertad de un individuo.
Pero esa
batalla no se detiene en las sedes judiciales. Allí también se desarrolla. Un
tribunal de Apelaciones, por ejemplo, consideró que el informe de la Comisión
para la Paz, “proporciona la certeza de
lo ocurrido, de la desaparición e inclusive la fecha aproximada del
fallecimiento, el cual además de ser publicado en el Diario Oficial(…) fue
recogido en el decreto del Poder Ejecutivo No. 148/03, donde éste asume que las
conclusiones finales del mismo constituyen la versión oficial sobre la
situación de los detenidos desaparecidos durante el régimen de facto”. Cuestionado
esa visión, la SCJ, determino que “al día
de hoy, por cuanto la “información oficial” dada por el Gobierno no puso fin a
las dudas sobre los hechos y destino final del desaparecido”. Y en el mismo
sentido el Fiscal de Corte opinó que: “la
investigación administrativa realizada por el M.D.N. carece de la garantía de
independencia e imparcialidad, debiéndose concluir que sigue estando pendiente”.[1]
En esas sentencias, se establece una importante
dimensión de la verdad, la denominada “verdad forense”, aquella que establece
responsabilidades a partir de la construcción de lo que se denomina “plataforma
factica”. Esa verdad de los hechos no es una construcción sobre la que se pacta
la reserva de las fuentes, como en el caso de las averiguaciones de la COPAZ, o
las investigaciones de las propias fuerzas armadas. No es el producto de una
simple labor intelectual – aunque muy importante-,de las investigaciones
encargadas por la Presidencia de la República a la UDELAR.. No es la visión
solitaria y antojadiza de un juez penal o un integrante del Ministerio Público
y Fiscal, sino que es el resultado de un proceso largo y complejo que incluye testimonios,
pruebas por informes, declaraciones de los imputados, pericias, etc. Proceso donde
unos y otros –victimas y victimarios-, controvierten sus visiones, y que en
este y otros casos, también puede ser objeto de un reexamen de tribunales de
apelaciones.
Se trata en resumen, de una construcción de la verdad,
donde solo hay eventualmente, un solo demonio. En esa VERDAD, se construye un
marco histórico en el que se encuadran, por ejemplo, el homicidio de
Sabalzagaray.
En esa y otras
sentencias, se resume para las generaciones futuras, la visión de un Poder del
Estado sobre nuestro pasado reciente y las particularidades de cada caso de
violación de los derechos humanos. Este aspecto que queríamos rescatar, nos
plantea un problema sobre el que será necesario reflexionar y tomar las
iniciativas que correspondan. El paso del tiempo y la inacción del sistema
judicial, lleva a que en algunos casos la acción penal y por consiguiente el
establecimiento de esa “verdad forense” se vea interrumpida por ausencia
(fallecimiento) de eventuales imputados. Salvo acciones judiciales en torno al
derecho a la verdad o la puesta en funcionamiento de verdaderas “Comisiones de
Verdad”, pueden sobre esas situaciones particulares, resolver este importante
aspecto.
También las
irrupciones de hechos, como las cartas de un connotado traidor, y las
reacciones que generan, pueden llevar a descentrar los debates que hoy importan
Raúl Olivera
[1]
Decisión interlocutoria de la SCJ, en autos caratulados: “VALIÑO DE BLEIER,
ROSA Y OTROS C/ MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. HECHO, OMISION - CASACION”,
FICHA 2-17707/2008.
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